El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Max Cancino, condenó a 3 efectivos (r) de la Armada de Chile, por su responsabilidad en el delito de secuestro con grave daño de una dirigenta sindical en febrero de 1974.
En el fallo (causa rol 16-2016), el ministro condenó a Juan de Dios Reyes Basaur, Valentín Evaristo Riquelme Villalobos y Héctor Vicente Santibáñez Obreque a penas de 5 años y un día de presidio efectivo, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas, en calidad de autores del delito de lesa humanidad.
En el ámbito civil, el tribunal desestimó la prescripción opuesta por el fisco y le ordenó pagar a la víctima una indemnización de $70.000.000 por concepto de daño moral.
En su resolución, el ministro en visita dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en febrero de 1974, la víctima fue ordenada detener por las autoridades de la Comandancia de Área Jurisdiccional de Seguridad Interior (SICAJSI) por su militancia en el Partido Comunista y su calidad de dirigente sindical, lo que se concretó en las proximidades de su lugar de trabajo.
Luego, fue conducida por funcionarios militares al cuartel Silva Palma, lugar en que un grupo de interrogadores organizados y coordinados también por los mandos militares, con el objeto de que entregare antecedentes acerca de otros dirigentes sindicales y de la ubicación de armas, procedieron a mantenerla encerrada sin orden judicial que lo justificare, interrogándola y torturándola mediante diversas técnicas, como aplicación de corriente, quemaduras de cigarrillos en su abdomen, lesiones en las uñas de sus manos y diversos golpes en su cuerpo, encontrándose encapuchada o vendada durante dichos interrogatorios.
Finalmente, la mujer fue liberada alrededor de 3 meses después, «sin que haya sido puesta a disposición de las autoridades judiciales competentes», indica el reporte del ministro Cancino.
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