TA admite demanda interpuesta por comunidades mapuche contra Municipalidad de Temuco por daño ambiental

La demanda va asimismo dirigida contra las municipalidades de Galvarino, Lautaro, Perquenco, Padre Las Casa y Vilcún, por diversas irregularidades e incumplimientos constatados en lo referente a la actividad que realizan en el vertedero Boyeco (camino Chol Chol, Temuco), cuya contaminación ha provocado, entre otros perjuicios, que desde el año 2010 las comunidades aledañas no puedan abastecerse de agua potable.

TA admite demanda interpuesta por comunidades mapuche contra Municipalidad de Temuco por daño ambiental

Autor: CVN
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El Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia admitió a trámite la demanda por daño ambiental interpuesta por las comunidades mapuche aledañas (Ramon Reyes, Leon Nahuelpan, Martín Huenuqueo, Lorenzo Epul, Geronimo Melillan) al vertedero Boyeco el pasado 8 de diciembre.

La acción judicial, dirigida contra las municipalidades de Galvarino, Lautaro, Perquenco, Padre Las Casas, Temuco y Vilcún, que son las que depositan las basuras en el referido vertedero, denuncia que los señalados municipios ingresan diariamente unas 500 toneladas de desechos (1), siendo que lo permitido son 280, es decir, «existe más de un 100 % diario de exceso sobre lo máximo permitido en la calificación ambiental», hecho agravado si se tiene en cuenta que el plan de cierre del vertedero fue presentado en 2009 y que el sellado final estaba previsto para Enero de 2014.

El perjuicio provocado en el sector que más acusan los vecinos es la pérdida de abastecimiento de agua potable desde 2010 por  la contaminación de las aguas superficiales y en consecuencia de las napas subterráneas, que les ha obligado a depender desde entonces de la asistencia de camiones de aljibes, «que operan intermitentemente durante todo el año entregando agua sin tratamiento sanitario alguno».

Las comunidades denuncian que además los descompuestos amenazan sus fuentes de sustento económico tradicionales, por un lado las actividades agrícolas -dada la contaminación del suelo- y por otro su ganado, ya que según sostienen las jaurías de perros que acuden al lugar en busca de alimento habrían acabado con más de 5.000 ovejas y corderos en los años de funcionamiento del vertedero.

El vertedero de Boyeco comenzó a operar en 1992. En 2004, dados los graves incumplimientos constatados, la COREMA revocó la autorización ambiental que le había sido otorgada, aprobándose en 2009 el proyecto de cierre que debería haber finalizado el mes de enero de 2014. Sin embargo, a día de hoy, todavía no hay actividades de sellado final, habiendo omitido las municipalidades las limitaciones ambientales y temporales del proyecto.

La demanda admitida a trámite denuncia que los incumplimientos e irregularidades acometidos en el marco de la actividad del vertedero «están causando en forma continua y permanente a partir de mayo de 2010 daños irreparables al hábitat y modo de vida tradicionales del pueblo mapuche que integran las comunidades demandantes.

Cabe señalar que esta acción da continuidad al recurso de protección ingresado el pasado mes de agosto en la Corte de Apelaciones de Temuco en el que ya se solicitó el cierre del vertedero por considerar que se encuentra fuera de la normativa vigente por no respetar el plan de cierre exigido por la entonces autoridad ambiental.

Miguel Becker, alcalde de Temuco, señaló, en declaraciones que recoge RBB y que dan cuenta de cierta incomprensión ante la meritoria – a juicio de los daños causados- acción judicial iniciada, que «el vertedero está mejor que nunca, lo hemos visitado recién el lunes pasado; Entendiendo que sin duda hay un problema ahí, lo importante es que hay un proceso de cierre que esperamos cumplir en diciembre de 2016 y la verdad es que es extraño que justo ahora aparezca este tipo de demanda».

 

(1) En el primer otrosí de la demanda se solicita al Tribunal indagar la cifra exacta de las toneladas de desechos vertidas diariamente conforme a lo señalado en el  Código de Procedimiento Civil y la Ley 20.600, y que para ello decrete como medida prejudicial probatoria exigir a la Municipalidad de Temuco la exhibición de los registros de ingreso de tonelaje diario.


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