El bloque Creo-SUMA presentó ayer, 28 de junio, el pedido oficial de juicio político al vicepresidente Jorge Glas. El reclamo que fue respaldado por 59 firmas de diversos movimientos y partidos. En las 347 hojas se argumentan las supuestas implicaciones políticas que habría tenido Glas en los contratos de los sectores estratégicos -que estaban a cargo del vicepresidente- y que actualmente son investigados por corrupción.
En la cuarta parte del documento, que recoge el sustento de pruebas, se hace referencia a los procesos iniciados por cohecho, peculado y enriquecimiento ilícito en contra de Álex Bravo, exgerente de Petroecuador, y Carlos Pareja Yannuzzelli, exministro de Hidrocarburos.
Roberto Gómez, coordinador de Creo-SUMA, presidió la delegación que entregó la documentación. A su criterio sí existe responsabilidad política del Segundo Mandatario. Por eso espera que el presidente de la Asamblea, José Serrano, pase la solicitud al Consejo de Administración Legislativa(CAL) lo antes posible, informa El Comercio.
El sector de la oposición que lleva a cabo este reclamo tiene confianza de que se logre el juicio político, a pesar de tener una mayoría de 74 bancas en manos del movimiento Alianza País (AP). La oficialista María José Carrión, presidenta de la Comisión de Fiscalización, ofreció revisar la documentación y garantizar el respeto al proceso, en caso de que el CAL remita la solicitud a su mesa.
Para Silvia Salgado, también del bloque oficialista, el pedido de juicio político es parte de una estrategia de la oposición. “Desde la propia campaña se ha levantado una propuesta contra ciertas autoridades, funcionarios públicos que son visibles en el proyecto”. La legisladora señaló que están preparados para dar una respuesta jurídica y política. La propuesta de enjuiciar a Glas nació luego de que AP bloqueara dos iniciativas para convocar al Segundo Mandatario al Pleno.
Para llamar a juicio político al presidente o al vicepresidente en Ecuador se necesita cumplir más requisitos que los que se piden para enjuiciar a otros funcionarios. Según el artículo 88 del Ley de la Función Legislativa, el CAL debe remitir el proceso a la Corte Constitucional. Este organismo tendrá que emitir un dictamen de admisibilidad. Para censurar y destituir al Vicepresidente se requiere el voto de las dos terceras partes (92) de los miembros de la Asamblea.