El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó condenó a Segundo Eugenio Contreras Venegas a la pena de 20 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de femicidio de su ex conviviente. Además, el victimario deberá cumplir 541 días y 800 días de presidio por desacatos ocurridos el 8 de marzo y el 15 de marzo de 2017, respectivamente, en el marco de una resolución por violencia intrafamiliar.
De acuerdo a lo establecido en el fallo, la madrugada del 15 de marzo de 2017 Segundo Contreras -obviando la prohibición de acercarse a su ex conviviente Gianina Rioseco Bobadilla, con quien tiene un hijo en común- llegó hasta el domicilio de la mujer en Villa Valles de Molina, en la comuna de Molina, Región del Maule. Allí «escaló el cierre perimetral, fracturó el vidrio del ventanal ubicado en el frontis del inmueble, ingresó a la planta baja de la casa habitación, subió al segundo piso y procedió a fracturar el marco de la puerta del dormitorio donde se hallaba encerrada bajo llave la víctima y el hijo de ambos, hasta que logró entrar a la habitación», detalla la resolución. Luego de ingresar, el hombre la atacó y le causó la muerte, asfixiándola con sus manos.
Días antes, la noche del 8 de marzo, el sujeto ya había arribado hasta el inmueble de su ex conviviente, incumpliendo igualmente la prohibición de acercarse a ella tras una condena por violencia intrafamiliar decretada en febrero de 2017. En esta oportunidad, Segundo Contreras le arrebató a la víctima un juego de llaves y un celular marca IPhone 6 Plus de propiedad de ésta.
En fallo unánime, el tribunal aplicó, además, a Contreras Venegas las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.