Milei bajo críticas por términos peyorativos hacia personas con diversidades funcionales en decreto oficial

El Gobierno de Argentina, a través de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDis), catalogó peyorativamente a personas con diversidades funcionales, mediante decreto que busca clasificar a personas con beneficios estatales que no pueden trabajar. 

Milei bajo críticas por términos peyorativos hacia personas con diversidades funcionales en decreto oficial

Autor: Nicolás Tello

Clasificando a partir del coeficiente intelectual, el gobierno de Javier Milei publicó un documento oficial de la Agencia Nacional de Discapacidad, que busca catalogar a personas que, por diversidades funcionales, no pueden trabajar. En concreto, el ejecutivo trasandino publicó el Decreto 843/24, como parte de la Resolución 187/2025, que establece la clasificación de personas con diversidad intelectual para el acceso a asignaciones económicas que dispone el Estado. 

En la resolución establecida por la ANDis, se lee que “el objetivo es determinar la pertenencia del otorgamiento del beneficio por constatar incapacidad total y permanente”. 

No obstante, para llevar a cabo la clasificación, la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDis), utilizó un lenguaje bastante despectivo y fuera de toda época, ya que aplicaron“idiota”, “imbécil” y “débil mental”en distintos rangos para referirse a los niveles de coeficiente intelectual (CI).

Extracto del anexo del decreto

De acuerdo al Anexo del decreto, aquellos con un CI de 0 a 30, son considerados “idiotas”, y se le denomina así a quienes no han adquirido habilidades básicas como leer, escribir, ni controlan sus esfínteres. Los de CI entre 30 y 50, están registrados como “imbéciles”, y se aplica para clasificar a quienes no leen ni escriben pero pueden realizar tareas básicas.

De ahí en adelante, la clasificación se divide en tres: débil mental profundo (50-60 CI), débil mental moderado (60-70 CI) y débil mental leve (70 – 90 CI). Estas personas, según explica el anexo,desarrollaron limitaciones cognitivas que les permiten desarrollar tareas básicas y entender conceptos básicos como el dinero y trabajar en empleos que no requieren una alta exigencia.

En la resolución establecida por la ANDis, se lee que “el objetivo es determinar la pertenencia del otorgamiento del beneficio por constatar incapacidad total y permanente”. 

Para acceder al beneficio estatal se solicita que la persona tenga un certificado médico oficial, con el resumen de la historia clínica y estudios que le anteceden y complementen, junto a interconsultas que acrediten la condición de la persona. 

Criticas al mandatario Javier Milei

La Nación, medio trasandino, informó que siete organizaciones de personas con discapacidad presentaron un reclamo contra el gobierno de Javier Milei, que busca derogar la normativa.

Por su parte, el abogado Eduardo Quiroga, abogado del programa Derecho de las Personas con Discapacidad de la ACIJ, expresó que “dichas expresiones utilizadas por la normativa, refuezan la discriminación que ha existido históricamente y aún existe para las personas con discapacidad”. 

En esa misma línea, Quiroga aseveró que estos son términos obsoletos y peyorativos que vulneran violentamente el deber del Estado en adoptar medidas que fomenten el respeto y dignidad de las personas.

Igualmente, la presidenta de la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI), Gabriela Troiano, catalogó estos términos como un “acto de violencia institucional sin precedentes”. 

“Si ya está escrito en una norma, es grave”, finalizó. 


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