Dominga: Acusan «errores garrafales»en fallo de Tribunal Ambiental que favorece a amigos de Piñera

"El fallo tiene una dimensión extraña y una preocupante. Lo extraño dice relación con la falta de comprensión que se evidencia en relación con el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), estableciéndose una lógica de que la Administración del Estado debería hacer los esfuerzos por arreglar los proyectos cuando ellos no cumplen de manera adecuada, eso claramente es un error”, planteó el abogado Ezio Costa, director ejecutivo de FIMA Chile.

Por Leonardo Buitrago

20/04/2021

Publicado en

Chile / Medio Ambiente / Minería / Portada

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El pasado 16 de abril, el Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta entregó su fallo sobre el proyecto minero Dominga, de Andes Irons (controlada por Carlos «Choclo» Délano, amigo íntimo de Sebastián Piñera y quien fuera uno de los principales financistas de la UDI, a través de boletas ideológicamente falsas). La entidad acogió con unanimidad la reclamación interpuesta por Andes Irons y ordenó que se repitiera la votación “ajustada al derecho.”

El proyecto contempla la construcción de dos minas a rajo abierto para la extracción anual de 12 millones de toneladas de hierro y 150 mil toneladas de concentrado de cobre en solo 22 años de vida útil en la comuna de La Higuera, en la Región de Coquimbo.

“Se ordena retrotraer el procedimiento de evaluación ambiental a la etapa posterior al Informe Consolidado de Evaluación Ambiental, de manera tal que se proceda a una nueva votación – esta vez ajustada a derecho- de parte de la Coeva, de la Región de Coquimbo”, indico el Tribunal Ambiental en su sentencia.

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De acuerdo con el el fallo, la Comisión de Evaluación Ambiental (Coeva) de Coquimbo deberá realizar una nueva votación, esta vez ajustada a derecho.

Lazos con Piñera

Cabe recordar que Andes Iron SpA. es una empresa perteneciente al empresario Carlos Alberto Délano, amigo muy cercano del Presidente Sebastián Piñera, empresa de la cual el propio Piñera junto a su familia formaron parte como inversores iniciales y mayoritarios por allá en el 2009, mientras se gestaba el proyecto Dominga.

Posteriormente, siguieron en el proyecto cuando Piñera ya estaba en La Moneda en su primer gobierno, hasta retirarse del mismo en diciembre de 2010, en operación que le significó ingresos en su favor por 6.765 millones de pesos. Esto, tres meses y medio después de bajar el proyecto termoeléctrico Barrancones, que se ubicaría en el mismo sitio que hoy planea Dominga, según revela reportaje publicado por Bío Bío Chile en 2017.

Rechazos en la Coeva y el Comité de Ministros 

El megaproyecto minero-portuario Dominga fue presentado por primera vez al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) en septiembre de 2013, generando desde entonces controversia en los distintos sectores de la sociedad, por los graves riesgos ambientales que implica. 

En 2017 obtuvo dos rechazos contundentes en 2017. Primero, por parte de la Comisión de Evaluación Ambiental del Coquimbo, argumentando que el proyecto ponía en riesgo las reservas marinas de la zona, no daba certezas de si impactaría o no al medio ambiente de manera significativa y presentaba medidas de mitigación insuficientes, entre otras razones.

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El segundo gran rechazo del proyecto se dio cuando Andes Iron reclamó ante el Comité de Ministros, buscando revertir el rechazo de la Comisión de Evaluación Ambiental.

El Comité de Ministros, luego de solicitar informes adicionales a distintos organismos públicos, concluyó que el proyecto no era viable, confirmando el rechazo de este. Esto provocó -el 31 de agosto de 2017- la renuncia de los ministros de Hacienda y Economía, Rodrigo Valdés y Luis Felipe Céspedes, junto al subsecretario de Hacienda, Alejandro Micco, quienes apoyaban el proyecto en el segundo periodo de Bachelet.

En septiembre del año pasado la Corte Suprema falló a favor de las organizaciones opositoras del proyecto, desestimando los argumentos de Andes Iron sobre la ilegalidad del rechazo. De esta forma, la Corte Suprema cambió la sentencia del Tribunal Ambiental, ordenándole que revisara nuevamente el caso, y posteriormente dicho tribunal anunció que acogía de forma unánime la reclamación en favor del controvertido proyecto minero.

Al respecto,  Matías Asun, Director de Greenpeace Chile manifestó que lo que ha ocurrido pone de manifiesto un problema estructural; un proyecto rechazado dos veces por ser técnica y ambientalmente nefasto sigue a flote, luego de una campaña millonaria de presión y lavado de imagen. “Pone, además, al gobierno de Sebastián Piñera a decidir sobre el proyecto de un conocido cercano al Presidente para optar si quieren preservar o destruir la riqueza ambiental y social de esas costas”.

Errores garrafales que debilitan la institucionalidad ambiental

Tras la revisión de las 97 páginas del fallo, expertos en la materia, indicaron a través de un comunicado publicado desde Alianza Humboldt, una red de organizaciones sociales y medioambientales que se articuló en la zona para proteger el Archipiélago de Humboldt, que la sentencia da cuenta de que el Tribunal no entendió lo ordenado en septiembre de 2019 por la Corte Suprema de conocer y decidir el fondo del caso, ciñéndose estrictamente a la evaluación ambiental del proyecto que fue rechazado por el Comité de Ministros en agosto de 2017.

Las abogadas y abogados advirtieron que la sentencia contiene errores que debilitan la institucionalidad ambiental, considerando que la Corte Suprema ya había ordenado al Tribunal Ambiental de Antofagasta fallar respecto de lo técnico y lo ambiental, algo que finalmente no ocurrió.

Señalaron que el máximo tribunal solicitó determinar la “suficiencia de la línea de base para el medio marino, en concordancia con la evaluación de las rutas de navegación”, uno de los puntos que más se cuestionó a la empresa Andes Iron durante el proceso de evaluación ambiental.

“El fallo tiene una dimensión extraña y una preocupante. Lo extraño dice relación con la falta de comprensión que se evidencia en relación con el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), estableciéndose una lógica de que la Administración del Estado debería hacer los esfuerzos por arreglar los proyectos cuando ellos no cumplen de manera adecuada, eso claramente es un error”, planteó el abogado Ezio Costa, director ejecutivo de FIMA Chile.

“Lo preocupante, es que el fallo contiene una serie de alegorías hacia el proyecto, que traslucen la intención de ponerse en posición de decidir sobre la conveniencia del proyecto Dominga, cuestión que sobrepasa con creces el rol de un Tribunal Ambiental, que debió haber revisado la legalidad del acto administrativo”, subrayó, citado por El Desconcierto.

De acuerdo a la organización ambiental, en la sentencia, el Tribunal Ambiental reitera los argumentos entregados por Dominga, sin tomar en consideración la información técnica que se puso a su disposición, desoyendo a la Corte Suprema.

Tras la revisión del fallo, desde Alianza Humboldt acusan que se pueden detectar al menos cinco acciones en las que el Primer Tribunal Ambiental no hizo lo ordenado por la Corte Suprema.

  1. El Tribunal reconoce que el proyecto tiene problemas o posibles faltas de información, pero concluye que la autoridad ambiental debió darle mayores oportunidades de mejoramiento para evitar que fuera rechazado. “Esto es un error garrafal, ya que la institucionalidad ambiental tiene como misión proteger el medio ambiente y hacer cumplir la legislación, no impulsar el desarrollo de proyectos, y especialmente si son deficientes o si no han podido enmendar sus deficiencias durante la evaluación”, aseguró la abogada de Oceana, Javiera Calisto. “El proyecto Dominga tuvo al menos cinco oportunidades durante la evaluación ambiental para entregar información completa y adecuada, pero no fue capaz de hacerlo”, agregó.
  2. El Tribunal reconoce que la medida de compensación presentada por la empresa sobre el pingüino de Humboldt no es adecuada, señalando “que, en virtud a los argumentos expuestos anteriormente, este Tribunal advierte una debilidad en la forma de cómo abordar la problemática en general asociada a la afectación del pingüino de Humboldt en el islote Totoralillo Norte, desde el proceso de evaluación ambiental del proyecto”, pero aun así ordena que el proyecto vuelva a votarse.
  3. El Tribunal aplaude una práctica utilizada por la empresa durante y posterior a la evaluación ambiental, que por ley no debe tener relevancia a la hora de realizar la evaluación ambiental de un proyecto. Esta consistió en prometer compartir los beneficios del proyecto minero-portuario con la comunidad, para ello formó un colectivo de personas, conocido como la Mesa Comunal, que decían apoyar la iniciativa de Andes Iron. Este acuerdo fue ampliamente criticado por parte de la comunidad que no apoyaba el proyecto y también salieron voces denunciando las diversas estrategias utilizadas por la empresa para ganarse el apoyo local.

Respecto con lo anterior, el Tribunal dice textualmente que “estima de la mayor importancia que los proyectos entreguen beneficios en forma compartida, con las comunidades donde se emplaza la actividad. Independiente, si esta materia no se encuentra discutida en el proceso de evaluación, el hecho que la empresa adquiera el compromiso de compartir el valor de su negocio, debe ser resaltado y estimulado, diciendo relación aquello con la afectación al medio humano, por lo que debe tenerse en cuenta lo ya señalado al momento de tomar una decisión directa de rechazo”.

  1. El Tribunal transgrede, interfiere o no respeta las amplias atribuciones del Comité de Ministros, en particular de la revisión técnica de los proyectos, las que han sido reconocidas por la Corte Suprema. Esto porque el Tribunal no aporta antecedentes que justifiquen por qué difiere de los argumentos técnicos aportados por el Comité de Ministros, sino que simplemente se limita a afirmar lo contrario.
  2. El Tribunal se refiere a la medida voluntaria propuesta por Andes Iron de crear un centro de estudios en la comuna de La Higuera denominado “Casa del Mar”, cuestión que no tiene ninguna relación con la materia a discutir y señala que se trata de una medida “interesante e innovadora” y pone como ejemplo la Fundación para la sustentabilidad del gaviotín chico en la comuna de Mejillones y que de acuerdo con el Tribunal, contribuye a la conservación de esta especie “de forma compatible con el desarrollo industrial de Mejillones”. Además, este solo es un compromiso voluntario, que solamente fue presentado como centro de investigación, recién ante el Comité de Ministros.

“Es insólito que el Tribunal ambiental se abstenga de resolver de manera definitiva el rechazo de la minera, teniendo fundamentos de sobra para rechazar el proyecto. No se puede tolerar que los tribunales posterguen la justicia ambiental en favor de intereses corporativos”, planteó la abogada Macarena Soler, fundadora de Geute Conservación Sur “, planteó.

«Esta situación no solo desfavorece la protección de la naturaleza, sino que también es un despilfarro inaceptable de recursos fiscales en un proceso que se ha dilatado injustificadamente por el trabajo desprolijo de la empresa”, subrayó.

Por su parte, el abogado Diego Lillo, coordinador de litigios de FIMA, argumentó que “el Tribunal Ambiental confunde repetidamente su función de revisor de la legalidad de la actuación del Comité de Ministros, con una atribución que no tiene de realizar una evaluación de impacto ambiental alternativa del proyecto Dominga”, agregando que “incluso llega al extremo de tácitamente recalificar como menores, impactos que el propio titular había calificado como significativos. Así, el Tribunal nunca demuestra de forma siquiera razonable, que el Comité de Ministros haya resuelto en forma contraria a Derecho, que será lo que la Corte Suprema tendrá que revisar”.

Alianza Humboldt acudirá a la Corte Suprema 

Se espera que en los próximos días los abogados de Alianza Humboldt presenten recursos de casación a la Corte Suprema buscando revertir el fallo del Tribunal Ambiental.

“Es lamentable que la interpretación que hizo el Tribunal Ambiental del ordenamiento jurídico ambiental no se haga cargo de la magnitud del impacto que podría generar Dominga, de llevarse a cabo, ni de la capacidad de regeneración de la naturaleza frente a tal mega impacto. Es además gravísimo porque desobedece lo ordenado por la Corte Suprema anteriormente, y por ese motivo lo que corresponde es recurrir ante ella para que defina si esta sentencia, que se desentiende de la orden del tribunal superior, se ajusta o no a Derecho”, planteó Alejandra Donoso, abogada de Defensoría Ambiental y representante de las comunidades de la zona.

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