Por Jorge Molina Araneda
Néstor Leonello Vicentini Cartagena, de 33 años de edad, fue profesor de Física en la UTE de Copiapó, además de secretario regional del Partido Socialista. Fue detenido por militares y llevado al Regimiento donde fue torturado y luego trasladado a la cárcel local. Desde allí fue secuestrado y masacrado por la Caravana de la Muerte en la madrugada del 17 de octubre de 1973.
Su cuerpo mutilado con corvos y cuchillos fue hallado en una fosa común clandestina el 27 de julio de 1990.
La Caravana de la Muerte es el nombre que recibió una comitiva militar que recorrió el país durante 1973. Por orden de Augusto Pinochet, el grupo tenía la misión de «agilizar» los procesos de los presos políticos. La operación terminó con el asesinato y desaparición forzada de 93 hombres entre los 18 y 66 años.
Recorrió 5 regiones del país entre el 30 de septiembre y el 22 de octubre de 1973 y ejecutó a personas con o sin afiliación política de izquierda. El grupo viajó torturando y fusilando trabajadores, estudiantes, dirigentes y otras personas, que se habían presentado voluntariamente ante el llamado de los militares o no habían puesto resistencia al momento de su detención. Algunas de estas víctimas aún se encuentran desaparecidas.
El líder de la Caravana de la Muerte fue el general Sergio Arellano Stark, quien viajó en calidad de Oficial Delegado del Comandante en Jefe del Ejército, es decir, contaba con las mismas atribuciones de Augusto Pinochet para operar: no necesitaba autorizaciones de superiores.
Según el mando en Santiago, los oficiales no actuaron con la energía suficiente para detener todo asomo de oposición al régimen. Por lo mismo, el general Arellano inicia un recorrido por las ciudades del sur y norte del país para acelerar los procesos de las personas detenidas tras el golpe militar.
De esta forma, la comitiva tenía la misión de aniquilar prisioneros, aterrorizar a la población civil y mandar un mensaje poderoso a toda la oficialidad del Ejército para evitar debilidad ante los adversarios de la junta.
De acuerdo a una reconstitución de las diversas declaraciones emitidas en el proceso, la comitiva militar, liderada por Arellano Stark, incluyó a otros 9 miembros del Ejército y, a su paso, contó también con la participación de militares locales.
Entre sus integrantes se encuentran:
-Teniente Coronel Sergio Arredondo González
-Mayor Pedro Espinoza Bravo
-Mayor Carlos López Tapia
-Capitán Marcelo Moren Brito
-Capitán Antonio Palomo Contreras
-Capitán Emilio Robert de la Mahotiere
-Capitán Luis Felipe Polanco
-Teniente Juan Viterbo Chiminelli
-Teniente Armando Fernández Larios
A la fecha, las condenas judiciales consignan que el recorrido partió el 30 de septiembre de 1973 desde el Aeródromo de Tobalaba a bordo de un helicóptero Puma. Inicialmente incluyó ciudades del centro y sur de Chile, donde se ejecutaron a al menos 22 personas. El regreso de la Caravana a Santiago fue el 6 de octubre.
En el norte, la misión partió el 16 de octubre, donde se ejecutaron 71 personas más. El regreso definitivo de la comitiva a la capital fue el 22 de octubre, dejando a su paso a 93 hombres ejecutados.
La investigación de este caso hizo que el juez español Baltasar Garzón determinara el arresto de Augusto Pinochet en 1998, mientras estaba en Londres, basándose en querellas presentadas en Chile e investigadas por el juez Juan Guzmán Tapia.
Sin embargo, Pinochet fue liberado y murió sin condena en diciembre de 2006, luego de que se le sobreseyera temporalmente del caso por razones de salud algunos años antes.
A Sergio Arellano Stark se le condenó a seis años de prisión por su participación en los asesinatos, pero en diciembre de 2015 se le sobreseyó aludiendo demencia. En 2016 falleció.
En cuanto a la participación de otros militares, según el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), 61 militares han sido procesados por como autores, cómplices o encubridores. De esta cifra, solo 10 fueron condenados por homicidio y secuestro calificado.
Gran parte de los responsables fueron sobreseídos o cumplieron prisión domiciliaria por motivos de salud.
Este 8 de marzo (2024), la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó al Fisco a pagar una indemnización total de $60.000.000 por concepto de daño moral, al hijo y hermanos de Néstor Leonello Vicenti Cartagena (en la foto de portada), profesor universitario ejecutado en octubre de 1973, en la ciudad de Copiapó, en el marco de la denominada Caravana de la Muerte.
En fallo unánime (causa rol 3.121-2021), la Quinta Sala del tribunal de alzada –integrada por la ministra Mireya López, el ministro Carlos Escobar y la abogada (i) Bárbara Vidaurre– ratificó íntegramente la sentencia impugnada, que estableció la responsabilidad del Estado en la comisión de un crimen de lesa humanidad.
«Atendido el mérito de los antecedentes, y que los documentos acompañados en segunda instancia por el Fisco no son suficientes para hacer variar lo resuelto, se confirma la sentencia apelada de siete de agosto de dos mil veinte, dictada por el Cuarto Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol N° C-25014-2018», consigna el fallo.
La resolución de primera instancia estableció «que, en la especie, atendido los hechos asentados y considerando la gravedad de las violaciones a derechos humanos tan esenciales como la vida e integridad física a que fue sometido el padre y hermano de los demandantes, con motivo de su detención y muerte, por quien está llamado constitucionalmente a resguardarlo, es que corresponde acceder a la pretensión de los demandantes, ante el evidente daño moral».
La resolución agrega que «ello, debido al temor ocasionado por las circunstancias de la época que naturalmente incrementaron dicha aflicción, y al hecho que las secuelas psicológicas son de aquellas que perduran de por vida, pues truncan el normal desarrollo de las personas, reducen sus oportunidades y merman la dignidad, daño que sólo sentido común vislumbra, y que se constata en los informes acompañados en el motivo quinto».
«En consecuencia, al tenor de lo consignado anteriormente, se encuentra fehacientemente acreditado en autos la existencia del daño moral ocasionado a los demandantes –con graves secuelas que perduran hasta la actualidad–, debido a la detención por agentes del Estado, con resultado de muerte del Sr. Vincenti Cartagena, lo que además es ratificado por las declaraciones de los testigos, ya relacionadas en el motivo sexto».
Para el tribunal de base, «(…) determinada la existencia del daño moral sufrido por los demandantes, es necesario fijar su cuantía en dinero, para lo cual se considerará prudencialmente el mérito de los antecedentes aportados al proceso y la relación de cada uno de los actores con Vincenti Cartagena, a fin de fijar el quantum indemnizatorio que se corresponda a la entidad y naturaleza del daño ocasionado a las víctimas».
«Que, por consiguiente, el daño moral provocado a los demandantes de autos se fija prudencialmente en los siguientes montos: a don Leonello Ernesto Vincenti Letter, hijo del Sr. Vincenti, la suma de $40.000.000 (cuarenta millones); y a los hermanos de la víctima, don Marco Antonio Vincenti Cartagena y don Jorge Pedro Vincenti Cartagena, la suma de $10.000.000 (diez millones) para cada uno», ordena la resolución.
Por Jorge Molina Araneda
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