El egresado de Derecho Francisco Saragoni y el cientista político Danilo Herrera advirtieron este miércoles de un error de redacción en el texto que se someterá a plebiscito el próximo 17 de diciembre.
En una publicación en Twitter, ambos analistas llamaron la atención sobre el artículo 173.3 de la propuesta constitucional, el cual señala que «en el caso del literal k) del artículo 172, el decreto supremo impugnado quedará sin efecto de pleno derecho, con el solo mérito de la sentencia del Tribunal Constitucional que acoja el reclamo».
¿El problema? Que el literal k) del artículo 172 al que se hace referencia en el párrafo señalado no versa sobre los decretos supremos, sino sobre los decretos auto acordados. El artículo al que debería remitir el párrafo anterior es al 172 literal j), el cual señala que son atribuciones del Tribunal Constitucional «resolver sobre los vicios de constitucionalidad de los decretos supremos».
Según comentó Herrera en Twitter, lo anterior obligará al Congreso Nacional a aprobar una reforma para corregir el error en caso de aprobarse la propuesta constitucional: «Este es un error objetivo y será la primera reforma constitucional si se llega a aprobar en diciembre», señaló.
Error en el texto constitucional. En el artículo 173.3 se hace referencia al 172.k pero debería decir 172.j porque se habla de decretos supremos y no de auto acordados. Este es un error objetivo y será la primera reforma constitucional si se llega a aprobar en diciembre. pic.twitter.com/xVkRbMhPQq
— Danilo Herrera (@daniloherrerad) November 29, 2023
La propuesta de Constitución está tan “bien hecha”, que el art. 173.3 habla de los decretos supremos impugnados en los casos del art 172 lit. k), pero dicha disposición no trata sobre la impugnación de decretos supremos, sino que de autos acordados (!!!)#EnContra
— Fran #EnContra 🇨🇱 (@Fran_Saragoni) November 29, 2023