Este miércoles 20 de diciembre, se despachó para posteriormente convertirse en ley, el proyecto que amplía el derecho a teletrabajo a quienes tengan el cuidado no remunerado, de un niño o niña menor de 14 años o de una persona con discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada, sin importar la edad de quien se cuida.
La normativa que promueve la conciliación entre la vida laboral, personal y familiar, que les permitirá a los trabajadores poder desarrollar su jornada completa o parte de esta de manera remota, obtuvo 105 votos a favor, una abstención y ninguno en contra en la Cámara de Diputados. Únicamente en el caso de que no existan las condiciones de conectividad en el lugar donde se encuentre el trabajador, el empleador podrá negarse al desarrollo de la actividad de carácter telemático.
“Esta aprobación unánime del Congreso da cuenta de que somos capaces de construir grandes acuerdos y atender las necesidades ciudadanas como una prioridad”, destacó la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara.
En palabras de la ministra, el proyecto se rige por tres elementos principales que son, en primer lugar, el derecho a trabajo hibrido de madres y padres cuidadores, siempre que la función sea “teletrabajable”. En segundo lugar, establece para aquellas funciones en las cuales es más difícil teletrabajar por la naturaleza de la labor que se realiza, el derecho preferente de los cuidadores o cuidadoras para poder tomarse vacaciones en el mismo periodo en que el Ministerio de Educación decrete las vacaciones escolares. Por último, otorga la posibilidad de poder reducir la jornada laboral, en los periodos de vacaciones de invierno o verano. La ley comenzará a regir 30 días posterior a ser publicada en el Diario Oficial.