Planta industrial de cerdos complica a vecinos de Melipilla: Detectan 5 infracciones ambientales en recintos de empresa AASA

Nueve denuncias ciudadanas permitieron detectar una serie de infracciones ambientales (4 graves y 1 leve), de una planta de cerdos de la empresa AASA en la comuna de Melipilla, que estarían incumpliendo las condiciones, normas y medidas establecidas en su RCA

Planta industrial de cerdos complica a vecinos de Melipilla: Detectan 5 infracciones ambientales en recintos de empresa AASA

Autor: Seguel Alfredo

Imagen portada: Referencial internet

Formulan cargos contra Agrícola AASA por incumplimientos en Resoluciones de Calificación Ambiental de sus planteles porcinos en comuna de Melipilla

Imagen: Fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente a planta de la empresa Agrícola AASA Ltda., (Foto: SMA)

Empresa industrial agrícola enfrenta 4 cargos graves y 1 leve, por incumplimiento de las condiciones, normas y medidas establecidas en sus Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA), arriesgando una multa de hasta 21.000 unidades tributarias anuales (UTA), equivalentes a más de $ 16.000 millones a valor actual, según indicó la SuperIntendencia del Medio Ambiente.

La medida se determinó, luego que se efectuaron 9 denuncias ciudadanas y de la I. Municipalidad de Melipilla, generándose un análisis de informes de fiscalización realizados en 2016, 2020, 2021 y 2022 por la Oficina Regional de la SMA Metropolitana y un requerimiento de información efectuado en 2023, lo que permitió identificar diversos incumplimientos a las condiciones, normas y medidas establecidas en sus RCA relacionadas con la producción de cerdos, el volumen de purines generados, la aplicación de fertirriego, el plan de gestión de olores (PGO) y la falta de una tubería adicional para el transporte de purines. 

Ver detalles de la formulación de cargos. Ingresar al Sistema de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), a través del siguiente link: 

https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/3565

 Antecedentes 

DE acuerdo a los antecedentes compartidos por la SuperIntendencia del Medio Ambiente (SMA), la Unidad Fiscalizable se compone por los planteles denominados Campesino y Basal, donde el primero considera actividades de reproducción, maternidad y engorda de porcinos en 79 planteles, con una capacidad total para albergar 67.260 cerdos y una producción de 2.600 cerdos gordos a la semana, generando un caudal medio de 800 m3/día de purines. Mientras que en el segundo plantel se ejecutan actividades de reproducción y maternidad de porcinos, abasteciendo el 43% de los lechones que crecen en el plantel Campesino, generando un caudal de 80 m3/día de purines.  

En este caso, la empresa superó el límite de producción de cerdos por sobre lo autorizado; superó el volumen diario y mensual de purines que ingresa al biogestor del plantel Campesino entre abril de 2021 y mayo de 2023; superó la proporción de purín tratado del fertirriego entre diciembre de 2020 y julio de 2023; incumplió el Plan de Gestión de Olores (PGO) en el plantel Basal, ya que la fracción sólida (guano) no se almacenó en contenedores estancos, no se retiró con frecuencia diaria, y no se construyó una tubería adicional para el transporte de purines entre ambos planteles para situaciones de contingencia.  

En base a estos antecedentes, la Superintendencia ha formulado 4 cargos de carácter grave y 1 leve.  

El jefe de la Oficina Regional Metropolitana, Esteban Dattwyler, señaló que “es importante que las empresas del sector agropecuario cumplan las condiciones operacionales y compromisos establecidos en sus permisos ambientales, para evitar la afectación a las distintas matrices ambientales y a la calidad de vida de las personas”. 

Las infracciones graves podrán ser objeto de revocación de la resolución de calificación ambiental, clausura, o multa de hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA) cada una, equivalentes a $ 3.800 millones a valor actual. Mientras que las infracciones de carácter leve consideran una multa de hasta 1.000 UTA, es decir, $ 775 millones, también a valor actual. 

 La empresa tendrá 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento, y 15 días hábiles para formular sus descargos, ambos plazos contados desde su notificación. 

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