Este viernes 1 de marzo inició el periodo de restricción de mensajes gubernamentales, publicidad y actividades proselitistas conocido como veda electoral, el cual llegará a su fin el próximo 2 de junio, día de las elecciones en las que se renovarán diputaciones, senadurías, ayuntamientos, gobiernos y la presidencia de México.
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El Instituto Nacional Electoral (INE) definió este periodo, que también marca el inicio de las campañas electorales, para mantener la transparencia de los comicios y garantizar la libre decisión del electorado.
El periodo conocido como Silencio Institucional también pretende que la ciudadanía tenga tiempo para reflexionar sobre el candidato al que le dará su voto, lo cual incluso está previsto en el Artículo 251 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Por ello, durante este tiempo está prohibida la difusión de propaganda gubernamental y todo tipo de acciones que puedan influir en la decisión del electorado.
Lo anterior quiere decir que los gobiernos deben suspender sus actividades públicas y la entrega de programas y apoyos a la ciudadanía, pues podría tomarse como un intento de influir en el voto.
Asimismo, el arranque de proyectos o inauguración de inmuebles no podrá continuar por los próximos dos meses, no obstante, las acciones que hayan sido previamente anunciadas en materia de educación, salud y protección civil continuarán.
De igual forma, tres días antes de las votaciones, la veda electoral incluirá a partidos políticos y candidatos, quienes se verán obligados a evitar proselitismo electoral y actos de campaña, así como a distribución de propaganda electoral y gubernamental. Además, de que no se podrán publicar encuestas o sondeos.
¿Qué implica violar la veda electoral y quiénes deben respetarla?
En ese sentido, es importante mencionar que la veda electoral no solamente debe ser respetada por gobiernos, ya que medios de comunicación y hasta la ciudadanía en general deben seguir la norma, ya que está prohibida la promoción de mensajes gubernamentales y electorales.
Esto quiere decir que cualquier persona está sujeta a la veda electoral, y no podrán hacer por su cuenta acciones como perifoneo o repartición de propaganda a favor de un candidato.
Las sanciones para quien viole la veda electoral consistirán en el retiro de propaganda, amonestaciones y hasta una multa, cuyo monto será definido por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) tras presentar la denuncia correspondiente.
Foto: Agencia Enfoque
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