Cooperación en la prevención y combate del delito grave entre Chile y USA

Con el informe del diputado Cristián Campos (PPD), se inició este jueves el debate del proyecto de acuerdo (boletín 9243) que aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América, en materia de incremento de la cooperación en la prevención y combate del delito grave

Cooperación en la prevención y combate del delito grave entre Chile y USA

Autor: Director

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Con el informe del diputado Cristián Campos (PPD), se inició este jueves el debate del proyecto de acuerdo (boletín 9243) que aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de Chile y el Gobierno de los Estados Unidos de América, en materia de incremento de la cooperación en la prevención y combate del delito grave.

Ambos países celebraron este acuerdo para permitir el intercambio recíproco de información en materia de datos personales y así prevenir e investigar hechos delictivos. Lo anterior, en el marco de las negociaciones relativas al ingreso de Chile al Programa de Exención de Visa de la Administración estadounidense, conocido como Visa Waiver Program, el que autoriza el ingreso al país del norte sin necesidad de visa a los ciudadanos de países que mantienen una baja tasa de inmigración ilegal, con la finalidad de facilitar la movilidad de las personas, sea por motivos de turismo o de negocios, y cuya estadía no supere los 90 días.

La idea central del texto es la de reafirmar el compromiso de Chile con aquellos instrumentos de cooperación destinados a elevar los estándares de seguridad internacional en una época en que el crimen transnacional es una realidad que no puede ser soslayada. “Así, lo que se busca es armonizar el libre tráfico de viajeros con los resguardos necesarios propios de un sistema migratorio, cuya seguridad mínima beneficie a ambos países”, indica el mensaje que acompaña al proyecto de acuerdo.

Para ello, se establece un procedimiento que, una vez en vigencia, permitirá que Chile y Estados Unidos puedan compartir información de sus respectivas bases de datos para la prevención y combate de la actividad delictual.

Específicamente, las disposiciones del Acuerdo se refieren a la posibilidad de que una de las Partes, cuando circunstancias legalmente válidas así lo ameriten, pueda iniciar un proceso destinado a identificar si las huellas dactilares de una persona determinada sometida a alguna investigación figuran en las bases de datos criminales de la otra Parte. Solo en caso de producirse una coincidencia, será posible proceder a efectuar otras consultas sobre el individuo a través de los canales de asistencia penal mutua y compartir información relevante en la materia.

El procedimiento solo tendrá lugar, sobre la base de una estricta reciprocidad, tratándose de aquellos delitos que el instrumento califica de graves: conductas punibles bajo el derecho de las Partes con una pena privativa de libertad superior a un año.

El articulado del Acuerdo considera la consulta de perfiles de ADN, estableciendo un procedimiento muy semejante al antes descrito para la consulta de datos a partir de huellas dactilares. No obstante, se hace presente que la entrada en vigor de tales disposiciones se deja en suspenso mientras ambas Partes no declaren expresamente que están en condiciones de ejecutar tales Artículos sobre la base de la reciprocidad.

Ambos países podrán también intercambiar información criminal de manera voluntaria o espontánea, sin que medie una petición de la otra Parte.

El Acuerdo contiene una serie de normas sobre manejo, intercambio y retención de información, destinadas a asegurar la protección de los datos y la privacidad de las personas en ambos países. Todo esto con pleno respeto a la normativa vigente en cada uno de los Estados.

Estados Unidos inició en 2008 la negociación y firma de este tipo de convenios, en primer lugar con aquellos países que ya participaban en dicho programa, y luego con aquellos Estados que postulan a participar en él y cumplen los diferentes requisitos objetivos de selección.

La medida se inserta en el contexto de los acontecimientos del 11 de septiembre de 2001, que determinaron la aprobación de modificaciones legislativas en Estados Unidos orientadas al fortalecimiento de su seguridad interior. Entre tales disposiciones nuevas se cuenta la necesidad de que los países que deseen mantenerse o ingresar al Visa Waiver Program suscriban un convenio de cooperación en la prevención y combate del delito grave.

Por último, el Ejecutivo señala que conjuntamente con este proyecto de acuerdo se ingresará al Congreso Nacional un proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales para facilitar el intercambio de información con los gobiernos de otros Estados, con quienes se hubiere suscrito acuerdos internacionales de igual naturaleza, sobre la base del principio de reciprocidad.

La iniciativa, debatida en la Sala, volvió por decisión de los diputados a la Comisión de Relaciones Exteriores para un estudio más acabado.

Fuente: Cámara


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