A dos años de ser notificado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Congreso de Puebla inició el proceso legislativo para aprobar el cambio de actas de nacimiento a menores, conforme su identidad de género autopercibido.
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Este 28 de junio, en la comisión de Procuración de Justicia del Legislativo, fueron presentadas dos iniciativas al Código Civil sobre las llamadas infancias trans.
Las propuestas proponen eliminar la restricción para que menores de edad puedan solicitar una corrección o rectificación de datos en su acta de nacimiento, pues este requisito fue declarado inconstitucional.
Asimismo, se planteó que las infancias interesadas podrán solicitaron el cambio por sus tutores y que el documento primigenio de identidad será reservado.
Es de remarcar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el 7 de marzo de 2023 que la legislación local había incurrido en inconstitucionalidades, por no respetar el interés superior de la niñez, pues no contempló el derecho de las infancias al libre desarrollo de la personalidad.
La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) fue la responsabilidad del juicio, derivado de la reforma aprobada para permitir los cambios en documentos oficiales, conocida como «Ley Agnes» por la activista trans.
Congreso omite legislar
Tras la notificación del máximo tribunal por la acción de inconstitucionalidad 73/2021, el Congreso poblano tenía un año para legislar al respecto
El 14 de febrero de 2023 se realizó un primer requerimiento, para que informara sobre los actos tendentes al cumplimiento del fallo constitucional, pues un año después no había mostrado avances.
El 17 de marzo de 2023 terminó el plazo para cumplir y hubo un segundo requerimiento.
El último aviso de la Corte fue el 10 de junio pasado, cuando señaló que la información presentada «no verifica un avance diverso a lo presentado»
Congreso va a análisis
Pese a lo anterior, las iniciativas presentadas en comisiones no dictaminadas, pues se anunció que serían turnadas a las distintas bancadas para que realizaran un «análisis».
El presidente de la comisión de Procuración y Justicia, Eduardo Alcántara Montiel, anunció que la sesión quedará en receso, sin fecha para reanudarse, reconoció en entrevista después de la mesa de trabajo con diputados.
Los requisitos mínimos que estipuló la SCJN para que las infancias accedan a la rectificación de su documento son:
Que prevalezca un procedimiento ágil, expedito, gratuito, sencillo y eficaz, enfocado a la adecuación integral de la identidad de género autopercibido, además de que debe estar basado en el conocimiento informado del infante
El procedimiento deberá permitir a los menores de edad registrar, cambiar, rectificar o adecuar su nombre y demás componentes de su identidad con un acta nueva.
No podrán exigirse requisitos estigmatizantes, como procedimientos quirúrgicos u hormonales, certificaciones médicas o psicológicas.
El procedimiento deberá ser por sus tutores o un representante, con la voluntad expresa del menor
Al solicitar la nueva acta, la persona deberá contar asistencia y acompañamiento de la Procuraduría de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
Cuando se niegue o sea imposible obtener el reconocimiento de alguno de los representantes deberá establecerse un procedimiento sumario que permita resolver esta situación.
El procedimiento deberá ser confidencial y los documentos que se expidan no deberán reflejar los cambios de la identidad de género
No se deberá afectar la titularidad de los derechos o las obligaciones jurídicas contraídas anteriormente al cambio solicitado.
Foto: El Ciudadano México
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