Alcalde de Laja se querella contra víctima de abuso sexual por: “grabarlo sin su consentimiento”

La querella del edil de Laja, Roberto Quintana, se presenta justo cuando la Corte de Concepción ordena un nuevo juicio por el delito de acoso y abuso sexual

Alcalde de Laja se querella contra víctima de abuso sexual por: “grabarlo sin su consentimiento”

Autor: Seguel Alfredo

Alcalde de Laja presenta querella contra denunciante de acoso y abuso sexual por “grabarlo sin su consentimiento”

El alcalde de Laja, Roberto Quintana, ha presentado una querella contra una exfuncionaria municipal que lo denunció por acoso y abuso sexual, acusándola de grabarlo sin su consentimiento. La defensa del alcalde argumenta que la grabación muestra un «cortejo y galanteo» y no un acto delictivo, según informó Canal 9 Biobío.

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La querella, presentada por Quintana, degú el medio regional, busca que la exfuncionaria sea condenada por grabar sin autorización, lo que según la legislación, de acuerdo a la versión de prensa,  podría conllevar una pena de hasta 5 años de presidio y una multa de 500 UTM.

Cabe mencionar que la grabación en cuestión, fue presentada como prueba en un juicio previo, donde se condenó al alcalde por hechos ocurridos en agosto de 2021 en dependencias municipales.

Nuevo juicio ordenado

El mismo día de la presentación de la querella, la Corte de Concepción ordenó un nuevo juicio contra el alcalde. La decisión de la Corte se basó en que «el hecho punible de abuso sexual por sorpresa se logra cometer, en cualquier circunstancia en que se pueda encontrar la víctima,» y en este caso, se argumenta que Quintana aprovechó su posición de autoridad. Los actos descritos incluyen «abrazos reiterados, tocamiento de rostro, pelo, brazos y manos, hostigamiento mediante besos en la cara y tomas de rostro,» según detalló la resolución judicial.

La Corte enfatizó que estos actos exceden el marco del acoso callejero, representando una conducta más grave. Además, subrayó la importancia de no minimizar la gravedad de los delitos sexuales, conforme a la legislación chilena y tratados internacionales como la CEDAW y la Convención de Belém do Pará.

La Corte también criticó la actuación del Ministerio Público por calificar los hechos como una falta y no como un delito de mayor gravedad. La sentencia indica que “el juez del grado ha incurrido en un error de derecho que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo,” lo que llevó a la decisión de realizar un nuevo juicio.

De esta forma, la Corte resolvió acoger el recurso de nulidad presentado por el abogado querellante, declarando nula la sentencia del Juzgado de Letras y Garantía de Laja que había condenado al alcalde Quintana a 40 días de presidio sin cárcel efectiva y el pago de una multa de 5 UTM.

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