Estallido social: Tribunal de Concepción absuelve a carabinero de cargos por apremios ilegítimos

Según la Fiscalía y el INDH, el capitán de Carabineros "aplicó y consintió en que se aplicaran (por parte de subalternos) apremios ilegítimos y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes" en contra de detenidos, incluyendo insultos, golpes y estrangulamientos".

Estallido social: Tribunal de Concepción absuelve a carabinero de cargos por apremios ilegítimos

Autor: Leonardo Buitrago

El Tribunal Oral en lo Penal de Concepción absolvió al capitán de Carabineros Cristofer Andrés Candia Bustos, acusado por Ministerio Público como autor de cinco delitos de apremios ilegítimos cometidos entre noviembre de 2019 y abril de 2020, en la capital regional del Biobío, en el marco del estallido social.

La imputación de la Fiscalía, respaldada por el Instituto Nacional de Derechos Humanos, indicaba que, en su rol de jefe de una «patrulla antisaqueo» en el Gran Concepción durante la crisis, «aplicó y consintió en que se aplicaran (por parte de subalternos) apremios ilegítimos y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes» en contra de detenidos, incluyendo insultos, golpes y estrangulamientos.

Cristofer Candia, actualmente oficial de la Sexta Comisaría de San Pedro de la Paz, fue juzgado, en específico, por apremios en contra de Alejandro Matías Montero González, Katherine Ninoska Gaete Esparza, Luis Enrique Cavieres Fuentealba, Patricio Fernando Aguayo Yáñez y Rolando René Fontealba Reyes; en hechos registrados durante los días 26 de noviembre de 2019; 9 de enero, 24 de enero y 27 de abril de 2020.

En su caso, el Ministerio Público buscaba una condena de 5 años y un día de cárcel.

Tribunal de Concepción absuelve a carabinero

En una decisión dividida (causa rol 377-2023), el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, integrado por las magistradas Milena Ubilla Carvajal (presidenta), Nancy Vargas Bustamante y el magistrado Selín Figueroa Araneda (redactor)– decretó la absolución de Candia Bustos al no lograr la Fiscalía y la querellante particular aportar pruebas de la comisión del delito y, consecuencialmente, la participación atribuida al acusado.

En consecuencia, determinó que, «con la prueba de cargo que se rindió, no se acreditó, más allá de toda duda razonable, que el referido acusado hubiere realizado las acciones que le fueron imputadas», indicó el Poder Judicial.

La decisión fue acordada con el voto en contra de la magistrada Vargas Bustamante, quien estuvo a favor de condenar al carabinero por uno de los cinco hechos.

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