Marinos torturados por sus “compañeros”: Corte ordena $550 millones en indemnización por daños morales

La Corte de Apelaciones de Santiago determinó que los episodios de martirio de los que fueron víctimas los marinos "modificaron de manera irreparable sus proyectos vitales y les provocaron secuelas físicas y emocionales que pervivieron en el tiempo".

Marinos torturados por sus “compañeros”: Corte ordena $550 millones en indemnización por daños morales

Autor: El Ciudadano

$550.000.000 es el monto total de las indemnizaciones que el fisco deberá pagar por concepto de daño moral a siete marinos que fueron detenidos en agosto de 1973 y torturados por compañeros de armas y que permanecieron privados de libertad por extensos periodos.

Así lo estipuló, en fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago. Los funcionarios de la Armada que recibirán las indemnizaciones son: Juan Roldán Bernal, Jaime Salazar Jeldres, Santiago Rojas Campos, Víctor López Zambrano, Bernardo Carvajal Sepúlveda, Guillermo Castillo Esquivel y René Rojas Trincado.

En fallo unánime (causa rol 15.274-2023), la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Maritza Villadangos, Jenny Book y el abogado (i) Waldo Parra– decidió confirmar la sentencia impugnada, dictada por el 18° Juzgado Civil de Santiago– y declaró que se elevan los montos indemnizatorios en proporción al daño acreditado y al tiempo que los demandantes permanecieron ilegalmente privados de libertad.

En cuanto al «pretium doloris» (indemnización que los tribunales otorgan por los sufrimientos físicos o morales de una víctima de una lesión) del menoscabo extra patrimonial sufrido por los marinos, la Corte indicó que lo avaluará prudencialmente, teniendo en consideración varios puntos, como «la envergadura del detrimento corporal y psicológico sufrido por todos; la edad que tenían a la época de los hechos; la circunstancia de que al momento de ser privados de libertad, en fecha previa al 11 de septiembre de 1973, se desempeñaban como funcionarios de la Armada de Chile; que permanecieron ilegítimamente detenidos y fueron torturados reiteradamente, a través de distintos métodos inhumanos, por un extenso tiempo en diversas locaciones, campos de concentración y centros penitenciarios del territorio nacional»-

Así como que tales apremios «les fueron inferidos por personas que pertenecían a la misma institución en la que ellos trabajaban, únicamente en razón de que supuestamente tendrían un pensamiento ideológico que se oponía a que la rama uniformada en la que servían al país, participara en el derrocamiento por la fuerza del gobierno democráticamente elegido en Chile; que en el caso de todos ellos se trataba de hombres de honor, con una irreprochable conducta previa, que debieron soportar humillaciones e ignominias de parte de sus propios pares, lo que constituye un menoscabo adicional, al ser sus verdugos personas que integraban su propia institución militar; que los episodios de martirio de que fueron víctimas, modificaron de manera irreparable sus proyectos vitales y les provocaron secuelas físicas y emocionales que pervivieron en el tiempo; y los montos judicialmente asignados tanto a las víctimas directas de violaciones a los derechos humanos, en causas similares, como a los hijos y padres de ejecutados políticos”, consigna el fallo.

Indemnizaciones a marinos torturados

Tomando en consideración los parámetros antes analizados y el hecho de que la mayoría de ellos son igualmente aplicables respecto de los siete marinos, quienes los comparten de manera similar, «se tendrá especialmente presente para avaluar el monto del daño extra patrimonial sufrido que demandan, el tiempo que duró su ilegítima privación de libertad».

En el caso de Juan Guillermo Roldán Bernal y Jaime Ricardo Salazar Jeldres , quienes estuvieron detenidos por 4 años y 9 meses, «su menoscabo moral se valorará prudencialmente en la suma de noventa millones de pesos ($90.000.000)».

Con respecto a Santiago Enrique Rojas Campos, Víctor Alamiro López Zambrano, Bernardo Carvajal Sepúlveda y Guillermo Gabriel Castillo Esquivel –quienes estuvieron privado de libertad por aproximadamente 3 años–, «dicho daño se regulará prudencialmente en la suma de ochenta millones de pesos ($80.000.000)».

“Finalmente, en rel caso de René Alejandro Rojas Trincado, quien permaneció privado ilegalmente de libertad durante 1 año y 3 meses, «se avaluará su perjuicio moral prudencialmente en la suma de cincuenta millones de pesos ($50.000.000)”, ordenó el Tribunal de Alzada.

Ver fallo de la Corte de Apelaciones


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