Extracción de áridos causa estragos en la Araucanía: Comunidad mapuche de Galvarino presenta recurso

El Lof Penchulef de la comuna de Galvarino, señala que el proyecto provocará externalidades ambientales negativas, un grave deterioro en el rio Quillen el cual es un importante afluente del rio Chol Chol, producto de la enorme cantidad de material que éste proyecto está depositando en el cauce del río.

Extracción de áridos causa estragos en la Araucanía: Comunidad mapuche de Galvarino presenta recurso

Autor: El Ciudadano

Lof Penchulef presenta recurso por extracción de Áridos  en Rio Quillen de Galvarino

El Lof Penchulef de la comuna de Galvarino, señala que el proyecto provocará externalidades ambientales negativas, un grave deterioro en el rio Quillen el cual es un importante afluente del rio Chol Chol, producto de la enorme cantidad de material que éste proyecto está depositando en el cauce del río.

….»Agregar además que éste proyecto está en plena etapa de ejecución pero fuera del marco legal, ya que no cumple con la exigencias técnicas de la ordenanza municipal para tal fin y cuenta con orden de cierre de faena por la municipalidad de Galvarino pero sin embargo sigue operando, lo que no nos garantiza que ésto se repita en el futuro en su operación irresponsable»….

El Lof Penchulef en Resistencia de la comunidad Antonio Peñeipil del Territorio Ñielol de Galvarino, ha presentado una   carta para solicitar la apertura de un Proceso de Participación Ciudadana, en el marco de la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Ampliacion del Pozo de Extracción de Aridos Cantera Quillen”, cuyo titular es Agrícola, Ganadera, Forestal, Áridos Río Quillen Ltda. La superficie a explotar se localiza en el Sector San Pedro Cuel-Ñielol la Ruta S-10 Galvarino – Lautaro km 12.5, en la comuna de Galvarino, provincia de Cautín en la Región de la Araucanía.

Indican desde el Lof: “Las razones por las cuales hacemos esta solicitud radican principalmente en que este proyecto está actualmente en plena ejecución generando cargas ambientales en el territorio circundante a la localización de éste, y estamos seguros que seguirá generando cargas ambientales, sociales y culturales en los 15 años de vida útil en que se estima la operación de esta planta”.

Aseveran asimismo: “El proyecto provocará externalidades ambientales negativas, un grave deterioro en el rio Quillen el cual es un importante afluente del rio Chol Chol, producto de la enorme cantidad de material que éste proyecto está depositando en el cauce del río por una operación negligente e irresponsable por parte de la empresa operadora al depositar material de descarte como rocas de grandes dimensiones y tierra que es depositada en la rivera del río y que producto de derrumbes caen al río y que además nos corta el camino de acceso a una parte de las tierras de nuestra comunidad”.

El Lof Penchulef, también comenta: “Esta mega extracción de áridos podría provocar cambios futuros en el comportamiento del río en episodios extremos provocados a consecuencia de los efectos de la crisis climática, por ejemplo cambiando el curso y profundidad del río, aumentando las posibilidades de crecidas,  cambios en el hábitat para las especies que habitan el río como aves, anfibios, insectos, crustáceos y peces, pero también sobre las formas de vida y costumbres de las comunidades mapuche y no mapuche que viven aledañas al sitio de explotación, las cuales hacen uso del rio, para diversas actividades económicas agropecuarias, culturales, espirituales, recreativas, entre otras”.

Agrega además que éste proyecto está en plena etapa de ejecución “pero fuera del marco legal, ya que no cumple con la exigencias técnicas de la ordenanza municipal para tal fin y cuenta con orden de cierre de faena por la municipalidad de Galvarino pero sin embargo sigue operando, lo que no nos garantiza que esto se repita en el futuro en su operación irresponsable”, denuncia la comunidad.

Asimismo, aseguran, que “al ser parte de una comunidad indígena nos acogemos la ley indígena 19.253 cuyo texto en su título V Sobre la Participación en el párrafo 1° artículo 34 dice: los servicios de la administración del Estado y las organizaciones de carácter territorial, cuando traten materias que tengan injerencia con cuestiones indígenas, deberán escuchar y considerar la opinión de las organizaciones indígenas que reconoce ésta ley”.

Recuerda la comunidad mapuche de Galvarino: “El Convenio 169 de Organización Internacional del Trabajo OIT por otra parte en su artículo 15 número 2 dice: en caso que pertenezca al Estado la propiedad de los minerales o de los recursos del subsuelo, o tenga derechos sobre otros recursos en las tierras, los gobiernos deberán establecer o mantener procedimientos con miras  consultar a los pueblos interesados, a fin de determinar si los intereses de esos pueblos serían perjudicados, y en qué medida, antes de emprender o autorizar cualquier programa de prospección o explotación de los recursos existentes en sus tierras. Los pueblos interesados deberán participar siempre que sea posible en los beneficios que reporten tales actividades y percibir una indemnización equitativa por cualquier daño que puedan sufrir como resultado de ésas actividades”.

Ver también carta ingresada al SEA dirigida a Marco Pichunman, Director Servicio de Evaluación Ambiental, Región de La Araucanía

Carta solicitud PAC en DIA extracción áridos Galvarino


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