Caso Clarín: Corte Suprema declara nula la disolución de las empresas del diario 49 años después

Tras 49 años después de la expropiación del popular periódico El Clarín por parte de la dictadura militar en 1973, la Corte Suprema ha declarado nulidad a la disposición del Decreto n°165, de 1975, firmado por Pinochet, que declaró disueltas las Empresa Periodística Clarín Ltda.

Caso Clarín: Corte Suprema declara nula la disolución de las empresas del diario 49 años después

Autor: Etiam Henríquez

El pasado 16 de agosto de 2024, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Santiago, por unanimidad, ha invalidado la disposición del Decreto n°165 de 1975, firmado por Pinochet, que disolvió la Empresa Periodística Clarín Ltda. y el Consorcio Publicitario y Periodístico S.A., las cuales eran propietarias y editoras del diario Clarín, uno de los diarios que se posicionaron como de los más populares antes del golpe y posterior dictadura.

El diario el Clarín, que funcionó entre los años 1954 y 1973, este ultimo año donde fue cerrado y sacado de circulación tras el golpe de Estado del 11 de septiembre. El Clarín que tenía abiertamente una ideología política de izquierda fue adquiriendo popularidad al competir de cerca con tabloides vespertinos como Las Noticias de Ultima Hora (PS) y La Segunda, junto con su famoso eslogan “Firmes junto al pueblo”.

Tras el golpe, el edificio donde se ubicaban las oficinas del periódico, entre las calles Gálvez y Alonso de Ovalle, fue expropiado mediante el decreto ley 93 del 20 de octubre de 1973, siendo posteriormente el edificio fue ocupado por el ejército. En 2008 el Estado fue condenado a pagar una indemnización de 10 millones de dólares por la expropiación. Pero luego la decisión fue revocada.

En julio de 2020, la Fundación Española “Presidente Allende” (FPA) que posee el 90% de las acciones de ambas empresas, solicitó a los tribunales que se declarará nula la disposición del Decreto. La audiencia pública ante la Corte Suprema se realizó el 28 de noviembre de 2013. A pesar de oposición del Consejo de Defensa del Estado (CDE) a restaurar la legalidad constitucional, la Corte Suprema resolvió, después de nueve meses de estudio y deliberación, que la disolución es invalida.

Por otro lado, el CIADI ha instado a Chile a reparar los daños causados por el régimen militar debido a la invalidez de las confiscaciones. Según acusaron, Chile aún no ha cumplido con sus obligaciones de indemnizar a la FPA y a D. Víctor Pey por la violación del Tratado de Protección de Inversiones Extranjeras entre Chile y España. El convenio del CIAI permite que el Laudo sea ejecutado en cualquier Estado miembro.

Recordemos que el Convenio del CIADI es un tratado multilateral formulado por los directores ejecutivos del Banco Mundial en aras de cumplir el objetivo del Banco, de promover la inversión internacional.


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