La Asociación Brasileña de Juristas por la Democracia (ABJD) publicó este 28 de agosto el informe elaborado por los observadores de la organización que supervisaron las elecciones presidenciales realizadas en Venezuela el pasado domingo 28 de julio.
La ABJD recordó que formó parte de un grupo de más de 1.200 observadores, internacionales y nacionales, y detalló que fueron invitados por la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Brasil y el Instituto Simón Bolívar – ISB.
«La delegación de la ABJD siguió de cerca el proceso electoral, que se desarrolló en un ambiente ordenado y de total libertad. Los integrantes de la ABJD estuvieron en distintos lugares de votación de la periferia y regiones centrales de Caracas, como en Las Mercedes donde votó el candidato opositor Edmundo González Urrutia», mencionaron.
Asimismo, detallaron que el 28 de julio miembros de la ABJD visitaron aproximadamente 23 centros electorales en Caracas. El mismo día, al final de la votación, se llevó a cabo una revisión del proceso electoral entre los observadores internacionales.
«Testigos de partidos políticos de oposición y ciudadanos venezolanos presentes en los centros de votación, que fueron interrogados por los observadores, informaron no tener nada de qué quejarse sobre el proceso y sistema electoral. También se identificó la presencia de miembros del Ministerio Público y Defensoría del Pueblo, monitoreando el proceso en las distintas fases, e incluso en los centros de votación, para garantizar, entre otros criterios de seguridad, la adecuada instalación de máquinas, la designación efectiva de los miembros de las mesas, y asistencia a personas mayores y con necesidades especiales», agregaron.
En este sentido, los observadores de ABJD concluyen en el informe que:
- i) la elección se desarrolló con total normalidad y el proceso de votación y conteo venezolano se
- encuentra intacto y seguro;
- ii) las autoridades electorales venezolanas actuaron en estricto cumplimiento de sus deberes legales;
- iii) a la fecha no existe evidencia de violación legal objetiva ni prueba de fraude en el proceso
- electoral del 28 de julio de 2024;
- iv) se debe respetar el proceso electoral venezolano, con sus autoridades y resultados, en nombre de
- estar vinculado al principio de respeto a la libre determinación de los pueblos, según el artículo 4 de
- la Constitución Federal de la República Brasileña de 1988.
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