En la víspera de cumplirse 21 años del Golpe de Estado en contra del presidente Salvador Allende, la Corte de Apelaciones de Santiago aumentó el monto de la indemnización que el fisco deberá pagar por concepto de daño moral, a seis víctimas de detención ilegal y torturas ocurridas después del 11 de septiembre de 1973.
En fallo unánime, la Cuarta Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Hernán Crisosto, la ministra Soledad Jorquera y el abogado (i) Eduardo Hernández– confirmó la sentencia impugnada, dictada por el Primer Juzgado Civil de Santiago, con declaración que se aumenta el monto indemnizatorio en proporción al daño acreditado por cada demandante.
De este modo, elevó la indemnización por daño moral, que deberán recibir por parte del fisco, Alen Lobos Sánchez, Waldo Milton Cruz Navarrete, Fernando Segundo Cava Zapata, Manuel Jesús Maulén Loyola, Victoria Guillermina Vicuña Llaitul y Sonia Paz Ramírez Kraljevich, quienes fueron detenidos y sometidos a maltratos y tratos crueles perpetrados por agentes del Estado, en diversos periodos tras el golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973 que dio inicio a la dictadura de Augusto Pinochet.
El tribunal de alzada indicó que «comparte lo razonado por el juez a quo en el motivo Décimo para desestimar la excepción de reparación integral opuesta por el Fisco de Chile» y también concuerda «con lo razonado en el motivo Undécimo, para rechazar la excepción prescripción extintiva alegada por el demandado», sostiene el fallo.
La Corte dictaminó que debe modificarse el quantum concedido a algunas de las víctimas, pues es evidente que, si bien resulta acreditado que todos padecieron prisión política –aunque por periodos de tiempo diferenciados– y que en dicha condición sufrieron maltratos y otros tratamientos crueles y degradantes por agentes del Estado, tal como ha sido acreditado por la Comisión Valech, «las circunstancias particulares sufridas por cada una de ellos, deben ser adecuadamente ponderadas al momento de establecer el monto indemnizatorio, a título de daño moral».
“De esta manera, se tendrá especial consideración las secuelas físicas permanentes derivadas de la tortura que afecta a don Fernando Segundo Cava Zapata, por falta de movilidad en sus manos, a don Alen Lobos Sánchez, con afectación de la audición y a don Waldo Milton Cruz Navarrete con repercusiones en su visión; y en el caso de estos dos últimos, también la prolongada extensión de la prisión política a que fueron sometidos; el primero, por dos años y medio y luego exiliado por 11 años; y el segundo, privado de libertad por cuatro años”, indica el fallo.
“Del mismo modo, en el caso de Manuel Jesús Maulén Loyola, de Victoria Guillermina Vicuña Llaitul y de Sonia Paz Ramírez Kraljevich, sin perjuicio de la menor extensión de su privación de libertad, se tendrá especial consideración que los dos primeros fueron víctimas de tortura; y que en el caso de la señora Ramírez, los apremios sufridos pusieron en riesgo su embarazo”, añade la resolución.
Mayor indemnización para víctimas de torturas tras el 11 de septiembre
Tras analizar los antecedentes la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia apelada de 30 de noviembre de 2023, dictada por el Primer Juzgado Civil de Santiago, en la causa Cava y otros con Fisco de Chile.
En consecuencia, decidió aumentar las indemnizaciones que el fisco deberá pagar a las víctimas de maltratos y tratos crueles perpetrados por agentes del Estado tras el 11 de septiembre de 1973, quedando de la siguiente manera:
A.- $ 80.000.000 (ochenta millones de pesos) a los demandantes don Alen Lobos Sánchez y don Waldo Milton Cruz Navarrete.
B.- $ 70.000.000 (setenta millones de pesos) al demandante don Fernando Segundo Cava Zapata.
C.- $ 60.000.000 (sesenta millones de pesos) a los demandantes Manuel Jesús Maulén Loyola, Victoria Guillermina Vicuña Llaitul y Sonia Paz Ramírez Kraljevich.
Según el tribunal de alzada, quedan a firme los montos indemnizatorios de $50.000.000 que el fisco deberá pagar a las víctimas: Heddy Leonor San Juan Rojas, Carlos Enrique Moreno Agurto, Rafael Enrique Pérez Cuevas, Manuel Benjamín Arce Vivanco.