La Compañía General de Electricidad SA (CGE) deberá pagar una multa millonaria por las interrupciones del suministro eléctrico que afectó a los usuarios de las ciudades de Antofagasta, Calama y Tocopilla, durante el año 2021.
Así lo ordenó la Corte de Apelaciones de Santiago, tras rechazar el reclamo de ilegalidad interpuesto por la empresa eléctrica en contra de la resolución exenta que le impuso una multa ascendente a 16.000 UTM, equivalente a más de $1.060 millones por causa de estos cortes de luz.
En fallo unánime (causa rol 209-2024), la Cuarta Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Jessica González, Inelie Durán y el abogada (i) Eduardo Hernández– descartó actuar ilegal o arbitrario de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), al sancionar a una empresa distribuidora de electricidad.
CGE presentó el reclamo de ilegalidad en contra de la SEC, «por la dictación de la Resolución Exenta N° 21.373 de 14 de diciembre de 2023,» mediante la cual se le aplicó una multa de 16.000 unidades tributarias mensuales (UTM), y por la «Resolución Exenta N° 36.149 de 4 de marzo de 2024, que rechazó el recurso de reposición administrativo, en contra de la anterior».
La empresa eléctrica solicitó que ambos actos se declararan ilegales dejándolos sin efecto; se la absolviera del único cargo formulado en su contra, y se condenara expresamente en costas a la SEC. Asimismo, pedía que se rebajara significativamente el monto de la multa al mínimo que se estimara procedente y proporcional.
Sin embargo, en su resolución, la Corte de Apelaciones de Santiago indicó que los actos recurridos, se encuentran suficientemente fundamentados en cuanto a la fijación y proporción de la multa fijada (16.000 UTM), habiendo considerado la gravedad de los hechos que fueron motivo del cargo y la normativa infraccionada.
En concreto, señaló que la multa aplicada por la SEC se encuentra dentro del rango estipulado para las faltas gravísimas, como es el caso, y que llega hasta 10.000 UTA (correspondiente a 120.000 UTM) y que por su nivel de ingresos, CGE cuenta con un respaldo económico para poder afrontarla .
El tribunal de alzada consideró que la actuación de la SEC se ajustó a derecho, no advirtiéndose arbitrariedad ni ilegalidad alguna, «ciñéndose estrictamente al ordenamiento jurídico vigente y aplicable a la materia específica de que se trata, habiéndose desarrollado el proceso administrativo dentro del ámbito de la competencia de la autoridad reclamada, observándose el principio del debido proceso administrativo en un orden consecutivo legal donde la reclamante tuvo la posibilidad de ejercer sus derechos, imponiéndose en definitiva una multa por infracciones calificadas por la ley como gravísimas, dentro de los márgenes y parámetros establecidos por la legislación especial al efecto».
Por tanto, resolvió que: “se rechaza, el reclamo de ilegalidad deducido en representación de la Compañía General de Electricidad S.A., en contra de la Resolución Exenta N° 21.373 de 14 de diciembre de 2023, que aplicó una multa de 16.000 Unidades Tributarias Mensuales a la empresa; y respecto de la Resolución Exenta N° 36.149 de 4 de marzo de 2024, que rechazó el recurso de reposición administrativo deducido en contra de la primera, ambas dictadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles”.
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