La decisión del Tribunal aseguró que las pruebas no comprueban que Montoya fue el autor ilícito del hecho que dejó a un funcionario de Carabineros de Chile con un trauma acústico y lesiones leves, pidiendo cinco años de cárcel para el supuesto culpable. El organismo persecutor aseguró en la acusación que Montoya participó junto a otras dos personas no identificadas en la instalación del artefacto, un extintor de dos kilos como contenedor de pólvora negra que contaba con un sistema de activación eléctrico a batería.
Sin embargo, la familia del acusado sostuvo desde el principio del proceso judicial que el único medio bajo el cual se le atribuyó participación fue la presunta identificación de su vehículo a un par de cuadras del retén, en circunstancias que éste se encontraba en una tocata. No se logró comprobar su participación en los hecho quedando de esta manera en libertad bajo todos los cargos que tenía y los jeuces descartaron su calidad de terrorista del delito. La familia de Montoya no descarta emprender acciones legales, debido a que estuvo encerrado durante 16 meses.
Alegatos Finales
El miércoles se realizaron los alegatos de clausura en el juicio oral contra Montoya. El único imputado por la última causa por terrorismo de la Fiscalía, quinto proceso en que se ha invocado la Ley Antiterrorista. La Fiscalía Regional Sur, a través del testimonio de testigos protegidos y otras pruebas, lo acusaron del delito de colocación de artefacto explosivo terrorista y pidieron cinco años y un día de cárcel, imputación a la que se sumó la Intendencia Metropolitana, que solicitó 15 años.
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En la audiencia final del juicio oral, el capitán de inteligencia nacional Gerardo Mediavilla ha aceptado que no existen pruebas concretas de su participación en el hecho, pero enfatizó que las pruebas encontradas en su domicilio y el veganismo que practicaba lo vinculan a grupos dedicados a la instalación de artefactos explosivos y actos terroristas.
Indicó que “el material incautado al imputado (…) tiene la animosidad de atacar a la figura del control social, Policía de Investigaciones, Investigaciones, el Ministerio público, los Juzgados.” Y aseguró que “en esa mezcla de términos o de definiciones, sí tendría vinculaciones con estos grupos, -en cuento a las técnicas de preparación en ejecución-.”
Dentro de las artículos personales en el domicilio de Montoya se encontraban el libro “La moral anarquista”, folletos de tocatas, documentos alusivos al Caso Bombas y su computador, en donde –entre muchos documentales – reparan en uno sobre la organización vasca ETA y otros instructivos sobre cómo armar bombas y armas.
El representante del imputado, Rodrigo Román, de la Defensoría Popular, aseguró que se trata de un proceso en el que “se repite el libreto” del Caso Bombas, además de afirmar que deberían absolver de todo cargo al joven profesional.
El abogado señaló que sobre la base de la prueba producida por el Ministerio Público, “no es posible probar la participación de Víctor Montoya en la explosión de este artefacto explosivo”.
Esto, “conforme a las reglas generales de la litigación, lo contenido en el Código Procesal Penal y que da cuenta que las policías no hacen bien su trabajo, faltan al profesionalismo, alteran los sitios del suceso y otros temas que ya nos tienen acostumbrados en este tipo de juicios”, aseguró.
Román agregó que en el quinto antecedente de la invocación de la Ley Antiterrorista se sienta un precedente para la comunidad política y jurídica vinculada sobre el cuestionamiento de la normativa.
El diputado PC Hugo Gutiérrez, miembro de la comisión de Constitución, Legislación y Justicia, dijo que la ley “es y totalmentemente ilegítima, se hace inadecuada su utilización”, y por ello recomendó que tal como ampara el Derecho Internacional de Derechos Humanos, “no se utilice esta norma”. Aconsejó entonces “que primero se derogue la existente” y se “elabore una norma adecuada – pensando en los estándares internacionales-. Y agregó que “mientras eso no ocurra, no se debe solicitar su aplicación al Ministerio Público ni del Gobierno de turno”.
Para el parlamentario es necesario precisar el bien jurídico a proteger, emplear métodos que respeten las garantías del debido proceso, amparar la jurisdicción de las decisiones del Ministerio Público, entre otras medidas.
Frente a esto, un grupo de expertos externos, convocados por el ministerio del Interior, tendrá un plazo de 90 días para elaborar una propuesta que cambie la actual legislación, cuestionada por varios sectores políticos y organismos internacionales como la ONU, que criticó su uso por parte del Estado en casos relacionados con las reivindicaciones del pueblo mapuche.
Fuente: Radio Universidad de Chile