Pastor evangélico recibe 10 años de cárcel en Temuco por abuso sexual infantil reiterado

El sujeto abusó de su calidad de pastor y líder de la iglesia pentecostal evangélica y de la confianza de la víctima y de sus padres para efectuar en reiteradas oportunidades, actos de relevancia y significación sexual.

Pastor evangélico recibe 10 años de cárcel en Temuco por abuso sexual infantil reiterado

Autor: El Ciudadano

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a un pastor evangélico a la pena de 10 años y un día de cárcel efectiva, en calidad de autor del delito consumado y reiterado de abuso sexual de una niña menor de 14 años de edad.

Los delitos fueron perpetrados entre 2017 y 2019 en la capital de la región de La Araucanía.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Wilfred Ziehlmann Zamorano (presidente), José Ignacio Rau Atria (redactor) y Carla Alarcón Mora– estableció que Octavio Andrés Curín Ancali, pastor y líder de la iglesia pentecostal evangélica ubicada en el sector Amanecer, desde el segundo semestre de 2017 al primer semestre de 2019, efectuó, en reiteradas oportunidades, actos de relevancia y significación sexual en contra de la menor, tanto al interior de la iglesia como en su domicilio particular.

De acuerdo con dictamen el sujeto “abusó de su calidad de pastor y líder de dicha iglesia y de la confianza que depositaron en él la víctima, de entre 12 y 14 años a la época de los hechos, y sus padres, quienes autorizaron a la menor para que realizará diversas acciones en el culto, bajo el cuidado y guía espiritual”.

Sin embargo,  valiéndose de es confianza el pastor «efectuó, en reiteradas oportunidades, actos de relevancia y significación sexual en contra de la menor, tanto al interior de la iglesia como en su domicilio particular».

Ante los antecedentes, el tribunal dictó una pena de 10 años y un día de presidio para Octavio Andrés Curín Ancali por abuso sexual infantil reiterado.

Además, aplicó, además, al condenado las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta cargos u oficios públicos durante el tiempo de condena, además de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más las penas especiales de sujeción a la vigilancia de Carabineros por el término de 10 años, una vez cumplida la pena impuesta, y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren relación directa y habitual con menores de edad.

Además de la condena, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco impuso como medida de protección a la víctima la prohibición de acercarse al domicilio de la niña, lugar de estudios o trabajo y cualquier otro al que concurra o visite habitualmente, en un radio de 50 metros, mientras dure la condena.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.


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