Durante esta mañana la Presidenta Michelle Bachelet promulgó, luego de 7 años de espera, la “Ley del Multirut”, norma que establece un nuevo concepto de empresa, fortaleciendo los derechos de los trabajadores.
“Con este cambio establecemos un nuevo concepto de empresa en nuestro ordenamiento jurídico laboral, que nos permitirá resguardar derechos individuales y colectivos de los trabajadores, que antes eran vulnerados injustamente, como por ejemplo, pagos de gratificaciones, derecho a sala cuna de mujeres trabajadoras o feriado anual”, sostuvo la mandataria.
Para el Senador Letelier con la promulgación de esta Ley se “hace justicia con los y las trabajadoras de Chile, ya que era necesario terminar con prácticas abusivas de algunas empresas”. El parlamentario explicó que “esta ley regula lo que es la identificación del empleador y el derecho de los trabajadores a organizarse como ellos consideren necesario para negociar con la empresa en la que trabajan, esto es muy importante en el retail, o con la empresa general, en el caso de muchas de las multitiendas, Esto va permitir que los trabajadores negocien con el real empleador, no con un rut, no con una ficción, no con aquella empresa paragua que muchas veces esconde las utilidades y los obliga a negociar en condiciones más precarias”.
El legislador, integrante de la Comisión de Trabajo del Senado, valoró la promulgación de esta ley, enfatizando que “no olvidemos que vivimos en un país conde el código del trabajo, cuyo origen fue en la dictadura, cuyo origen fue el plan laboral que buscó un equilibrio muy precario y desfavorable par los trabajadores, ese código es el que que hoy comenzamos a modificar de forma importante, y hoy es el primer paso”.
Hoy ganan todos con esta Ley (empleador y empleadores), ello porque se tendrá desde este momento claridad a la hora de establecer obligaciones que deriven de los derechos laborales y previsionales, individuales y colectivos de los trabajadores, recayendo sobre el “empleador” y no sobre “la empresa”. Punto importante para mayor equidad y transparencia.
Desde hoy cuando se establezca que dos o más empresas son consideradas como un solo empleador, los efectos de esta declaración se aplicaran a todos los trabajadores de las empresas, para efectos laborales y previsionales.
La ley establece que son los Tribunales de Justicia los llamados a dirimir controversias sobre la identidad del empleador real en los casos en que se requiera. El Juez tendrá la libertad necesaria para obtener todos los elementos de juicio que permitan su determinación y contará con un informe de la Dirección del Trabajo, junto con la facultad de solicitar los informes que estime necesario (Nuevo Art. 3 inc. 7 CT).
El Juez determinará las obligaciones laborales y previsionales a las que el empleador debe dar cumplimiento. Si no lo hiciera se expondrá a multas de hasta 100 UTM ($4.100.000) la que podrá repetirse hasta obtener dicho cumplimiento.