La herencia del terror: Corte ordena indemnización por secuelas de torturas a embarazada durante la dictadura

La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó al Fisco pagar una indemnización de $50.000.000 por daño moral a la hija de una víctima que estando embarazada fue torturada durante la dictadura.

La herencia del terror: Corte ordena indemnización por secuelas de torturas a embarazada durante la dictadura

Autor: El Ciudadano

La Corte de Apelaciones de Santiago dictó una resolución histórica en favor de Claudia Andrea Pérez Videla, quien recibirá una indemnización de $50.000.000 por parte del Fisco, por concepto de daño moral debido a las secuelas psicológicas y emocionales sufridas como consecuencia del cautiverio y torturas a las que fue sometida su madre durante la dictadura de Augusto Pinochet, pese a estar embarazada.

En fallo unánime (causa rol 1.477-2024), la Undécima Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Romy Rutherford, Lidia Poza y el abogado (i) Jorge Hales– revocó la sentencia impugnada, dictada por el 24º Juzgado Civil de Santiago, solo en la parte que acogió la excepción de reparación integral y, en su lugar, la rechazó.

“Que la concesión de una bonificación instaurada en favor de las víctimas a través de las Leyes Nros.19.123, 19.992 y 20.874 no debe en modo alguno imputarse a la indemnización que por daño moral deben otorgarse a quien fue víctima de violaciones de los derechos humanos, razón por la cual la excepción de reparación integral no puede acogerse”, indicó el fallo.

Torturada por agentes del Estado estando embarazada

El caso se remonta al 3 de enero de 1974, cuando la madre de Pérez Videla, embarazada de cinco meses, fue detenida en Arica y sometida a torturas en el Regimiento Rancagua. Según el fallo, las condiciones inhumanas de su cautiverio dejaron graves secuelas psicológicas en la hija, quien nació posteriormente.

El tribunal determinó que Claudia Andrea Pérez Videla experimentó un daño significativo asociado a estas experiencias, con secuelas que han afectado profundamente su vida. Los antecedentes psicológicos presentados en la causa revelan trastornos como estrés postraumático, pesadillas recurrentes, sonambulismo, tartamudez, enuresis infantil, problemas de comportamiento y dificultades en las relaciones familiares.

Para el tribunal de alzada: “(…) en el caso de doña Claudia Andrea Pérez Videla, cabe tener en cuenta que, como se ha demostrado en autos, ella nació después del cautiverio y apremios sufridos por su madre, habiendo cumplido 5 meses de su gestación en condiciones inhumanas, lo que según los antecedentes psicológicos aportados la dejaron en un estado de extrema vulnerabilidad, contexto que le generó un daño consistente en graves secuelas psicológicas que han persistido a lo largo de su vida, incluyendo trastornos del sueño, pesadillas recurrentes, sonambulismo, tartamudez, enuresis hasta los 6 años, problemas de comportamiento y dificultades en las relaciones familiares, especialmente con su padre, todo asociado a un trastorno de estrés postraumático y traumatización extrema”.

Todo esto, “producto de las experiencias vividas durante su gestación y primera infancia, las que afectaron significativamente su desarrollo emocional y capacidad para llevar una vida plena, alejándose del bienestar a que tenía derecho”.

Tras evaluar los antecedente, la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió:

-Revocar la parte de la sentencia original que acogía la excepción de reparación integral, declarando que esta no se aplica al caso.
-Confirmar la sentencia en todos los demás aspectos, incluyendo la condena al fisco a pagar la indemnización de $50.000.000 a la demandante.

El tribunal de alzada indicó que las compensaciones establecidas en leyes anteriores no pueden sustituir ni disminuir la responsabilidad del Estado en la reparación del daño moral sufrido por las víctimas de violaciones a los derechos humanos.

Ver fallo de la Corte de Apelaciones 


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