Derecho a la educación en jaque: Suprema respalda exclusión de estudiante con deudas en la U. Bolivariana

El máximo tribunal rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de la casa de estudios por impedir al alumno inscribir ramos y asistir a clases en calidad de oyente por mantener morosidades en el pago de aranceles.

Derecho a la educación en jaque: Suprema respalda exclusión de estudiante con deudas en la U. Bolivariana

Autor: El Ciudadano

El derecho a la educación está en jaque, tras la decisión de la Corte Suprema de respaldar la exclusión de un estudiante de la Universidad Bolivariana debido a su morosidad en el pago de aranceles.

El máximo tribunal del país rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de la casa de estudios por impedir al alumno que cursa la carrera de Derecho en la sede Iquique, inscribir ramos y asistir a clases en calidad de oyente durante el segundo semestre de 2023, por mantener morosidades en el pago de aranceles.

En fallo unánime, la Tercera Sala de la Suprema –integrada por el ministro Sergio Muñoz, la ministra Ángela Vivanco, el ministro Diego Simpértigue y las abogadas (i) María Angélica Benavides y Andrea Ruiz– revocó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique, que dio lugar a la acción constitucional de amparo deducida por el estudiante.

El tribunal fundamentó su decisión destacando la autonomía de las instituciones de educación superior, un principio consagrado en la Ley N°21.091.

Según la normativa, las universidades tienen potestad para establecer y aplicar sus propios reglamentos internos, lo que incluye medidas relacionadas con el incumplimiento contractual por parte de los estudiantes.

«El Sistema reconoce y garantiza la autonomía de las instituciones de educación superior, entendida esta como la potestad para determinar y conducir sus fines y proyectos institucionales en la dimensión académica, económica y administrativa, dentro del marco establecido por la Constitución y la ley», señaló el fallo.

En este caso, el reglamento académico de la Universidad Bolivariana establece que los alumnos en situación de morosidad pierden su calidad de estudiantes regulares y no pueden inscribir asignaturas ni asistir a clases.

En concreto, el artículo 106 del reglamento dispone: «Perderá la calidad de estudiante regular, debiendo abandonar la Universidad, el estudiante que esté en alguna de las siguientes situaciones: (…) B) Incumplimiento de contrato. Por el no cumplimiento de las obligaciones contraídas en su contrato de prestación de servicios educacionales».

En su fallo, la Corte Suprema subrayó que el propio estudiante reconoció “encontrarse en mora en el pago de loa aranceles, no solo del año 2023 sino también de aquellos pendientes del año anterior, que debía solucionar mediante cuotas mensuales, conjuntamente con el arancel vigente”.

Asimismo, señaló que la Superintendencia de Educación no tiene facultades para sancionar a las universidades por condicionar la prestación de servicios al pago de aranceles, siempre que estas acciones estén acordes las normativas internas informadas previamente a los estudiantes.

El máximo tribunal determinó que la decisión de la universidad de impedir al estudiante continuar con sus estudios mientras mantenga deudas no constituye un acto ilegal ni una arbitrariedad, ya que esuna medida respaldada por la normativa vigente.

“Que, en consecuencia, al reconocer el recurrente que ha incumplido su obligación de pagar los aranceles vigentes y vencidos, sin que haya acreditado los supuestos acuerdos que se habrían alcanzado en una reunión de la que se desconocen mayores antecedentes, obra correctamente la recurrida, sin ilegalidad o arbitrariedad, al remitirle el correo respecto del cual se deduce la acción constitucional, en el que se le recuerda lo señalado en el artículo 106 del Reglamento Académico, notificándosele la imposibilidad de inscribir asignaturas o asistir a clases en la calidad de alumno oyente, por lo que solo es posible concluir que la actuación de la universidad se ha ajustado a derecho”, concluyó.

En consecuencia, resolvió revocar la sentencia de la Corte de Apelaciones de Iquique y rechazar el recurso de protección interpuesto en contra de la Universidad Bolivariana.


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