En Chile, no existen políticas públicas para atender la realización espiritual de la ciudadanía, no existe siquiera el reconocimiento de esta naturaleza de obligación, para el aparato público ni para el privado.
Es como si la Constitución Política de la República, entre el primer y el quinto artículo no existiera, como si los tratados internacionales especiales de Derechos Humanos no nos obligasen.
La realización espiritual comprendida como la intención de hacer conciencia de la dimensión sutil de la vida, que no es materia, es energía más fina de la realidad, que se reconoce incluida en el ser humano, y que es donde radica nuestra identidad esencial.
Sobre esta dimensión trascendente de nuestra existencia, no existe atención ni interés. Debería estar presente en todo el quehacer del Estado según la Ley y es la razón de ser de la organización del mismo.
¿Cómo caminar hacia la realización espiritual?.
De lo estudiado, el nivel de desarrollo en la percepción es fundamental.
Si la observación se desarrolla desde el ego, desde lo virtual, el sujeto no entra en contacto con la realidad, se encuentra dormido, absorto en una ilusión de realidad, que puede bastar para sobrevivir, gozar y morir, incluso hasta para creerse exitoso, poderoso, sin embargo nunca feliz.
Cuando la observación la realiza un ser humano despierto, ésta se desarrolla desde un espacio trascendente al ego, que incluye la virtualidad del intelecto, también al cuerpo y las emociones y finalmente al Yo mismo, a la Conciencia, al Alma, la Esencia en el escenario espiritual, con una realidad mas integrada fina y sutil.
Este salto perceptual, ajuste epistemológico, evolutivo, se puede facilitar a través de diversos caminos , siempre significa crecimiento, empoderamiento, sin embargo los grados de comprensión y consecuencia determinan la jerarquía operativa de ese ser humano en su funcionar.
Para estos fines una planta de poder como la Cannabis, es una formidable medicina enteógena, cura de la ignorancia, gracias a la expansión de conciencia que se realiza bajo su influencia, que conduce a una recreación dramática de la noción de realidad, que a los equilibrados solaza y a los neuróticos dormidos, aterra.
La cannabis de esta forma asiste en la necesidad fundamental de realización espiritual de muchos chilenos, especialmente de jóvenes, quienes son los que mas sufren por la falta de atención al espíritu en la cultura.
Siendo por último, el uso de esta planta una iniciativa ciudadana para realizar el espíritu, se encuentra protegida por el articulo quinto de la CPR, que le reconoce autonomía, territorio de soberanía a la identidad esencial de la persona humana, y por tanto se configura como un delito obstruir el despliegue de los derechos esenciales, que están consagrados para ella, mas aún cuando el estado no dispone oficialmente de iniciativas para ofrecer, no obstante sus obligaciones.
La planta efectivamente es una medicina al servicio de la realización espiritual, y por tanto integral de ser humano, cuando es usada con maestría por un ciudadano despierto, con Espíritu en la Conciencia.