El Estado de Chile fue condenado a pagar una indemnización por concepto de daño moral aun obro agrícola que fue víctima de torturas y un simulacro de fusilamiento durante la dictadura de Augusto Pinochet.
El Décimo Juzgado Civil de Santiago ordenó al fisco a pagar la suma de $32.600.000 a S.J.P.L. quien fue detenido en octubre de 1973 por agentes del régimen y luego sometido a interrogatorios y agresiones en la Prefectura de Carabineros de Colchagua.
En el fallo del tribunal capitalino se encuentra el testimonio del obrero agrícola, quien indicó que en 1973 su vida cambió drásticamente, ya que luego de haber finalizado su jornada laboral y mientras se dirigía su casa, fue detenido de forma violenta por funcionarios de Carabineros, quienes lo llevaron hasta la prefectura Colchagua, y luego durante la noche lo trasladaron al mesón de interrogatorio, en donde le procedieron a preguntarle por otras personas, sobre las cuales les respondió que no conocía.
Acto seguido, lo comenzaron a golpear, por lo que recibió patadas, golpes de puño, aplicación de corriente en sus testículos, orejas, nariz y lengua.
Asimismo, relató que fue amenazado de muerte y sometido a un simulacro de fusilamiento.
«Le tiraban gases ácidos y en sus dedos le enterraban agujas», se puede leer en el fallo.
S.J.P.L. señaló que toda esta serie de agresiones le generaron un dolor y desesperación indescriptible.
Posteriormente, fue llevado a un cuartel de investigaciones, en donde volvió a ser golpeado y torturado. Nuevamente los uniformados le aplicaron corriente y lo amenazaron de muerte.
En su testimonio, el obrero agrícola indicó que en estos lugares padeció de hambre, frio y sed, ya que fue retenido en condiciones insalubres, junto a otros presos de la dictadura. Incluso, señaló que tenía que beber su propia orina para poder sobrevivir y que llegó al punto de comenzar a sufrir de desorientación , debido a lo débil que se encontraba.
A la par, sufría de fuertes dolores en su columna y su visión era borrosa.
Luego de haber permanecido por cinco día privado de su libertad fue llevado hasta la calle España en donde le sacaron la venda que tuvo todo el tiempo de detención sobre sus ojos.
Aunque pudo regresar su hogar, S.J.P.L. señaló que se encontraba mal, tanto física como psicológicamente.
Decidió acudir al doctor, ya que tena sus testículos muy inflamados y no poda orinar bien, mientras que su cuerpo estaba lleno hematomas y se formó una hernia en la columna.
Tras haber sido detenido y torturado, el obrero agrícola indicó que no pudo volver a trabajar por un tiempo, sufría de pesadillas, pasaba noches enteras en vela. Siempre estaba angustiado, estaba pendiente de lo que pasaba alrededor suyo, ya que los funcionarios de Carabineros lo controlaba constantemente, lo que lo tenía psicológicamente presionado y con temor de volver a ser detenido
Hasta el día de hoy señala que tiene secuelas del infierno que vivió, como por ejemplo problemas de sueño y padecimientos en la próstata, tiroides y espalda. Así como un estado de profundo dolor y tristeza.

Indemnización al obrero agrícola víctima de torturas
En su resolución, el Décimo Juzgado Civil de Santiago, indicó que «la acción deducida por la parte demandante busca obtener el resarcimiento del perjuicio moral que le han causado los agentes del Estado durante el mes de octubre de 1973, hechos que no fueron controvertidos y que incluyeron detención ilegal, torturas físicas y psicológicas, simulacros de fusilamiento y amenazas de muerte, según se estableció en el considerando tercero».
En el fallo señaló que para poder determinar la procedencia y extensión de la indemnización reclamada, «resulta necesario analizar la naturaleza y dimensiones del daño moral cuya reparación se persigue en estos autos. Al respecto, conforme a lo planteado por el propio demandante, el perjuicio moral presenta una doble dimensión que debe ser considerada”.
“Por una parte, el demandante ha expuesto el daño moral que surge directamente de los graves padecimientos sufridos durante su detención, incluyendo tortura física y psicológica, que por su propia naturaleza y gravedad causaron dolor y sufrimiento profundo, afectando su dignidad humana. Como señala el actor, citando jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, este tipo de vejámenes necesariamente generan un daño moral que es propio de la naturaleza humana, siendo inherente a la gravedad de los hechos padecidos”, explicó el juzgado.
“Por otra parte –prosigue–, el actor ha alegado y acreditado las consecuencias permanentes que estos hechos han producido en su vida, manifestadas en un daño psicológico persistente caracterizado por un trastorno de estrés postraumático, con múltiples manifestaciones que han afectado significativamente su calidad de vida hasta la actualidad”, agregó.
Para el tribunal, en el caso concreto: “(…) considerando tanto la gravedad intrínseca de los hechos padecidos como sus secuelas permanentes, y teniendo presente que estas afectaciones han incidido de manera significativa y continua en la vida del actor, a la luz de los antecedentes allegados al proceso, los que permiten fijar un parámetro que, aunque complejo de valorar, refleja la intensidad del sufrimiento padecido frente a los hechos ilícitos ocurridos”.
“Atendido ello, surge indefectiblemente la necesidad de reparar estos perjuicios, indemnización que esta juez cuantifica prudencialmente en la suma de $36.200.000 (treinta y seis millones doscientos mil pesos)”, ordenó, según consignó el Poder Judicial en una nita de prensa.