Este fin de semana largo entrará en vigencia la recién promulgada norma que modifica la ley de tránsito endureciendo el castigo a las personas que conduzcan en estado de ebriedad y causen lesiones o muerte.
La también conocida como Ley Emilia -en recuerdo de la menor que falleció en las citadas circunstancias-, genera una serie de disposiciones y delitos inéditos en nuestra legislación; de allí la necesidad de conocer en detalle cada uno de estos aspectos.
¿QUÉ BUSCA LA LEY EMILIA?
La norma establece un conjunto de disposiciones que buscan generar conciencia respecto a los efectos de la conducción en estado de ebriedad.
¿CUÁL ES LA PRINCIPAL NOVEDAD DE LA LEY?
Desde ahora aquel que es condenado por conducir en estado de ebriedad con resultado de lesiones graves, gravísimas o la muerte, deberá cumplir siempre en forma efectiva, a lo menos un año de cárcel.
Es más, los condenados sólo podrán optar a libertad condicional una vez que hayan cumplido dos tercios de la pena.
¿CUÁL ES LA SANCIÓN PARA AQUEL QUE CONDUCIENDO EBRIO CAUSA LESIONES?
- Deberá cumplir prisión de entre 3 años y un día a 5 años
- Tendrá que cancelar una multa de entre 8 y 20 UTM
- Estará inhabilitado para siempre para conducir vehículos
- Se le retendrá el vehículo involucrado
¿CUÁL ES LA SANCIÓN PARA AQUEL QUE CONDUCIENDO EBRIO CAUSA MUERTE?
- Deberá cumplir presión de entre 3 años y un día a 10 años
- Tendrá que cancelar una multa de entre 8 y 20 UTM
- Estará inhabilitado para conducir para siempre
- Se comisará el vehículo involucrado
¿QUÉ OCURRE SI AQUEL QUE MANEJA HA SIDO CONDENADO POR UN DELITO SIMILAR, SE TRATA DE UN CONDUCTOR PROFESIONAL, SI SU LICENCIA FUE CANCELADA O ESTÁ INHABILITADO PARA CONDUCIR?
Por cualquiera de estas circunstancias:
- Si se registra una muerte, el juez podrá decretar presión de entre 5 años y un día a 10 años.
- Cuando existen lesiones graves o gravísimas, el magistrado podrá establecer pena entre 4 años y un día a 5 años.
¿QUÉ OBLIGACIONES SE ESTABLECEN EN UN ACCIDENTE AUTOMOVILÍSTICO?
- Detener la marcha.
- Prestar la ayuda que fuese posible al afectado (lo que depende de las circunstancias del caso y los conocimientos del conductor).
- Dar cuenta a la autoridad del hecho.
¿QUÉ PASA CON LOS QUE NO CUMPLAN?
Si sólo se registraron daños materiales:
- Se deberá cancelar una multa de 3 a 6 UTM y se suspenderá la licencia hasta por un mes
Si se producen lesiones leves o menos graves a un tercero:
- Se deberá cancelar una multa de entre 7 y 10 UTM, se inhabilitará para conducir para siempre, y se deberá cumplir presidio de entre 541 días a 3 años
Si se producen lesiones graves, gravísimas o la muerte de un tercero:
- Se deberá cancelar una multa de entre 11 y 20 UTM, se inhabilitará para conducir, se aplicará una pena de presidio de entre 3 años y un día a 5 años, y se comisará el auto que participó en los hechos.
¿QUÉ OCURRE CON LA ALCOHOLEMIA?
En todo accidente automovilístico, el conductor estará obligado a practicarse exámenes para determinar la dosificación de alcohol en sangre o la presencia de drogas.
¿QUÉ PASA EN LOS CASOS EN QUE EL CONDUCTOR SE NIEGA AL EXAMEN, ALTERA SUS RESULTADOS O LO DEMORA?
Si sólo se registraron daños materiales o lesiones leves o menos graves a un tercero:
- Se deberá cancelar una multa de entre 3 y 10 UTM
- Se suspenderá la licencia por un mes
Si se producen lesiones graves, gravísimas o la muerte de un tercero:
- Se deberá pagar una multa de entre 11 y 20 UTM
- Se inhabilitará para siempre para conducir
- Deberá cumplir una pena de 3 años y un día a 5 años en la cárcel
-
Se comisará el vehículo involucrado