El gobierno brasileño –por medio del departamento de prensa del Ministerio de Justicia– es categórico en afirmar a SubVersiones que “todo el procedimiento de identificación y demarcación de las tierras indígenas guaraní de Jaraguá, en la ciudad de São Paulo, se ha llevado a cabo con la participación de la comunidad indígena interesada, conforme se establece en el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)”.
{destacado-1}
Brasil es signatario del convenio 169 que, entre otros puntos, garantiza el derecho a la libre autodeterminación de los pueblos indígenas, así como “el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural. Además, dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente.”
Mas allá del hecho de que los indígenas cuestionan la versión del gobierno federal, sosteniendo que no han sido llamados para participar de forma efectiva en los procesos de demarcación de sus tierras, existe un punto fundamental que pone en cuestión el derecho a la autodeterminación de estos pueblos que se refiere a la forma de posesión de las tierras.
La geógrafa e investigadora de la Universidad de São Paulo, Camila Salles de Faria, afirma a Subversiones que en Brasil sólo hay dos modalidades de posesión de la tierra, las tierras públicas y las tierras privadas. De acuerdo con ella, aunque sean reconocidas las tierras indígenas a través de demarcaciones de espacios, son tierras que no les pertenece a los indígenas, ya que en el marco jurídico de Brasil no existe la propiedad comunal o colectiva, por tanto, queda bajo la jurisdicción del Estado, y en cualquier momento que éste decida interferir en esta área, lo puede hacer. ¨Las tierras indígenas son de la Unión, es decir, son propiedad pública que esta bajo la jurisdicción del Estado, como la vegetación, el bosque y las tierras de los indígenas, por tanto, ellos solo tienen derecho al uso de la tierra, es decir son usuarios.”
“Brasil firmó el acuerdo 169 de la OIT, pero no respeta este acuerdo, porque la autodeterminación debería de ser un derecho. Brasil esta violando este acuerdo, porque aunque la constitución ha avanzado en algunos casos, el territorio indígena queda bajo la tutela del gobierno federal y eso es una forma de interferir. Hasta en el mismo proceso de reconocimiento étnico interfiere, porque es un órgano federal [FUIMAI] el que tiene que determinar quien es indio y quien no es”, afirma para Subversiones Karay Popygua, uno de los lideres guaraní mas jóvenes de la aldea Tekoa Pyau.
Según la investigadora, actualmente en Brasil se vive una intensificación del conflicto entre pueblos indígenas y la lógica capitalista que a fragmentado y a equiparado a la tierra como una mercancía más que se ofrece en el mercado. A diferencia del uso que le dan pueblos indígenas, que la ven como parte de su vida y por tanto como reproducción de esta misma, materializada en su cultura, en sus ceremonias y en sus relaciones cotidianas.
De acuerdo con la investigadora Salles, existe un contexto histórico de la formación de la propiedad de la tierra brasileña que no debe ser olvidado. “Cuando los portugueses llegaron, dividieron las tierras en las llamadas seis marías, un modelo portugués que copiaron para Brasil, considerando fundamentalmente la división de la tierra. La corona era propietaria de la tierra y la única que podía ceder títulos de propiedad. Tiempo después el Estado fue legalizando estas tierras que fueron siendo apropiadas indebidamente, sin que hubiera un proceso de reforma agraria. “Entonces la propiedad surge no como un derecho constitucional, sino como una apropiación e imposición de los que estaban en el poder local y de los que ya tenían tierra y que fueron ganando aun más”. El resultado es que “esa concentración de tierra fue generando otros poderes políticos y económicos que estaban ahí y lo que hicieron con los indígenas, fue desalojarlos.”
Durante el proceso de la dictadura militar en Brasil se aprobó la Ley N° 4504 sobre el estatuto de la tierra, el primer documento oficial que tocaba el tema de la reforma agraria en Brasil, que fue diluida al fortalecer y aumentar los latifundios en unas cuantas manos que dieron paso a la tecnificación e industrialización de la agricultura, el primer reordenamiento territorial que fue la plataforma de la denominada revolución verde, la cual, hasta el día de hoy tiene el monopolio de las tierras, con los monocultivos de soja, caña, eucalipto, entre otros que actualmente enverdecen aun mas el discurso de la producción industrial de alimentos y agrocombustibles con el concepto de sostenibilidad.
“La concentración de la propiedad y posesión de la tierra fue la primer estrategia, la segunda fue la expulsión de campesinos e indígenas para transformarlos en consumidores potenciales de la industria alimentaria. Esto dio la posibilidad del agronegocio en expansión con mayor velocidad y en menor tiempo, concentrando el monopolio de la tierra y producción de alimentos en una docena de empresas, entre ellas los inversionistas buitres de Gustavo Grobocopatel y Geroge Soros, con la familia Elszstein, Coca-Cola, Pepsi-cola, Nestlé, Cargill, entre otros,” afirma el agrónomo e investigador de la Universidade Federal do Río Grande do Sul, Sebastião Pinheiro.
En el caso de los guaraníes, especialmente en el sur y sureste de Brasil, Salles explica que a lo largo del siglo XX se tornó común la practica para los no indígenas de denominarse “dueños” de las zonas de ocupación guaraní y así “permitían” el uso a los indígena, con el objetivo posterior de adquirir documentación de propiedad efectiva y convertirlas en propiedad privada. Antes de que tomaran posesión de la tierra, los supuestos propietarios, “solicitaban” a los indígenas que dejaran sus tierras, a menudo bajo amenaza y ante procedimientos judiciales para la toma de posesión.
Modelo de demarcación de tierras
La Fundación Nacional del Indio (FUNAI) fue creada con la Ley Nº 5371 del año 1967 y ha tenido como principal función, mantener la protección de las tierras y recursos naturales indígenas. Hasta el día de hoy ha fungido como una especie de puente entre el gobierno y las comunidades indígenas para promover las demarcaciones de las tierras, siguiendo el reglamento establecido por el decreto Nº 1775/96, que exige una serie de elementos antes de que el poder ejecutivo pueda reconocer una tierra indígena, la mayoría de estos elementos están en manos de la FUNAI. Entre ellos, el estudio de identificación y delimitación; la declaración de los íimites, en manos del Ministerio de Justicia; la demarcación física, la encuesta de la validación de la tierra por los ocupantes no indios; la homologación de la demarcación, a cargo de la presidencia de la república.
Desde el periodo colonial existe en Brasil un reconocimiento de los derechos de los pueblos que ya ocupaban la tierra, con el llamado “derecho originario”, pero nunca se delimito jurídicamente este territorio. Fue hasta inicios del siglo xx, específicamente en 1910, que se creó un órgano indigenista –el Servicio de Protección Indigenista (SPI)– fue cuando se comenzó a demarcar el territorio indígena, pero desde un punto de vista integracionista, es decir, con el objetivo de que el indígena dejase de ser indígena. Con eso hubo una demarcación de pequeñas áreas, que servían apenas para vivienda, con el aumento de la población fueron empujados a vivir en condiciones deplorables.
El propio Estatuto del Indio de 1973 predijo que los indios serían responsabilidad de la FUNAI hasta que se integraran poco a poco en la sociedad nacional. Ser indígena sería una condición en transición. “No obstante este diagnóstico de que los indígenas dejarían de ser indígenas y que no necesitarían mas de tierra, no aconteció”, explica para SubVersiones Juliano Silva, miembro de la FUNAI en Marabá, estado de Pará.
Con la Constitución de 1989 se establecieron nuevos marcos jurídicos para las demarcaciones que garantizaban teóricamente un territorio suficiente para la reproducción de su cultura material e inmaterial. “La demarcación fue una disputa entre la correlación de fuerzas de la época. Fue a través del régimen jurídico que se logró llegar a que se garantizarán las condiciones mínimas para los indígenas, aunque no fue lo ideal para estas poblaciones”, afirma la antropóloga María Inés del Centro de Trabajo Indigenista (CTI).
Para el investigador y agrónomo Sebastião Pinheiros las políticas de integración y de respeto por una etnia son una mera teoría en Brasil. “Eso es muy triste y dramático. La tendencia desarrollista brasileña o incorpora o desaparece a los indígenas. En Río Grande do Sul, por ejemplo, en 1960 habían por lo menos 50 áreas indígenas, hoy día sólo quedan cuatro y las miles de hectáreas de territorio indígena no llegan a centenas de hectáreas y eso ocurrió en todo Brasil.”
Resistencia a las demarcaciones
Salles señala que desde la década de 1980 las demarcaciones no siempre fueron aceptadas por los guaraníes, ya que en este espacio producido por el Estado, se encontraba confinado por los límites impuestos por señales, vallas e incluso paredes. “Aparte del temor de que su forma de vida fuera controlada, muchas veces preferían abandonar los lugares que ocupaban. Sin embargo, en la actualidad ante las recurrentes expropiaciones y expulsiones, la demarcación es un recurso que les queda para conservar sus tradiciones, resistiendo y manteniendo esta lucha por el espacio,” afirma la geógrafa.
Aunque los indígenas no están del todo contentos con la FUNAI, consideran que la demarcación de sus tierras es el último recurso que les queda para no desaparecer y este tiene que ser promovido por esta institución. De acuerdo con el indígena Casè Angatu del pueblo Tupinamba, el problema de todos los pueblos indígenas en Brasil hoy son las demarcaciones de sus tierras, un proceso que se ha detenido, y para empeorar su situación, el órgano que tenia la principal función de mediar estos procesos, la FUNAI, se está volviendo caduca por el gobierno.
“Existe un proyecto de enmienda constitucional, de la constitución de 1988, la Pecº 215-A, que dice que es el congreso quien va a dar la última palabra de la demarcación de nuestras tierras y nosotros estamos radicalmente en contra, porque el congreso esta constituido por muchos ruralistas que tienen poder de fuego, de voto y de dinero”, afirma Casè Angatu.
Antes de las elecciones del 5 de octubre, la Asociación de Pueblos Indígenas de Brasil (APIB) lanzó una carta abierta a los candidatos a la presidencia, denunciando el favoritismo concedido por el gobierno a los sectores vinculados a la agroindustria, la minería, la madera, a los contratistas y grandes empresas que han impactado sobre las tierras indígenas. De la misma forma exigen que se respeten los acuerdos internacionales signados por este país en el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo en materia de derechos y cultura indígena, así como la Declaración de la Organización de Naciones Unidas (ONU) sobre los derechos de los pueblos indígenas.
Por Santiago Navarro F. y Renata Bessi
Fotos por Santiago Navarro F.
Fuente: Subversiones