A comisión mixta proyecto sobre propiedad intelectual en internet

Luego de un intenso debate sobre derechos y restricciones para los usuarios de internet, la Cámara de Diputados aprobó por 87 votos contra 1 abstención, los artículos del proyecto que modifica la ley Nº 17


Autor: Sebastian Saá

Luego de un intenso debate sobre derechos y restricciones para los usuarios de internet, la Cámara de Diputados aprobó por 87 votos contra 1 abstención, los artículos del proyecto que modifica la ley Nº 17.336 sobre propiedad intelectual.

Sin embargo, rechazaron la mayoría de los cambios introducidos por el Senado en materia de regulación de los contenidos en internet, relativos a la posibilidad de que los proveedores y tribunales pudieran bloquear, inhabilitar o retirar material que atente contra los derechos de autor.

Estos artículos serán debatidos en una comisión mixta durante octubre, los cuales disponían una serie de requisitos para la liberación de la responsabilidad de los prestadores de servicios de internet (ISP) por los contenidos publicados por sus usuarios y que atenten contra el derecho de autor.

También se rechazó el artículo que permitía a los tribunales establecer medidas prejudiciales y judiciales sin la necesidad de notificar al supuesto infractor, cuyas medidas serían la terminación de la cuenta determinada por el prestador y la adopción de medidas para bloquear el acceso a un determinado sitio.

A su vez, se reprobó el artículo que aumentaba en un grado la pena por comercialización o copia ilegal, cuando el imputado formara parte de una agrupación o reunión de personas para cometer dichos delitos, sin caer en la tipificación de asociación ilícita.

Para el Subsecretario de Telecomunicaciones, Pablo Bello, este proyecto pretende que “sea el usuario el soberano y el que tenga derecho a usar libremente internet y acceder sin trabas a sus contenidos y aplicaciones.  Lo importante es que junto con defender ese derecho de no discriminación, protejamos también a los creadores de contenidos”.

En tanto para el Presidente de la ONG Derechos Digitales, Claudio Ruiz, esta modificación a la norma pretende establecer un cuerpo legal que garantice el libre acceso a contenidos protegidos con propiedad de derecho de autor para bibliotecas y archivos y también frena la persecución de los prestadores de internet a los usuarios.

A su vez, Claudio Ruiz argumenta que “esta modificación a la norma no supone ningún tipo de restricciones, sino es un adelanto que hasta hace algunos años eran impensable: el establecimiento de una serie de excepciones para fines educativos, un régimen de autorizaciones para bibliotecas y de usos justos a favor de los ciudadanos.  Aunque se echan de menos cuestiones sustanciales como establecer una política pública de fortalecimiento y de difusión de nuestro patrimonio cultural común; en definitiva es un proyecto que sin lugar a dudas da un paso adelante en modernizar la actual ley a los tiempos digitales”.

Dentro de los argumentos esgrimidos por los diputados a la hora de sus intervenciones, Gonzalo Arenas (UDI) sostuvo que en general el artículo 85 – sobre la actuación de los proveedores de internet- “es ambiguo y no se respetan los derechos básicos, ya que los ISP (Proveedor de Servicios de Internet) se transformarían en verdaderas policías de internet”, mientras que la diputada Isabel Allende (PS) argumentó que “no queremos un componente represivo para la circulación de información de internet”.

por Claudia Pedreros

El Ciudadano


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