Cabe recordar que la Corte de Apelaciones de Concepción, la cual tenía un plazo de 24 horas para responder al recurso, finalmente dejó pendiente la resolución de la causa, alegando que se requiere un mayor tiempo por parte de Gendarmería para observar el comportamiento de Llaitul, justificación que no respondería a «argumentos jurídicos ni técnicos, sino a argumentos inventados, no considerados por la ley», denuncia la familia.
Así también lo consideró el abogado representante del comunero, Omar Castro, quien señaló que «Básicamente la Comisión de Libertad Condicional consideró que mi representado tenía que estar sujeto a un mayor lapso de observación por parte de Gendarmería de Chile. Ese lapso de observación no se encuentra ni el la ley ni en el reglamento, lo que si se encuentra en el tiempo mínimo para optar a la libertad condicional y eso ya está cumplido a cabalidad».
El recurso de amparo fue presentado después de que la Comisión de Libertad Condicional presentara un informe al respecto de la apelación interpuesta por Llaitul que solicitaba la revocación de la decisión de esta, que en Noviembre le negó la libertad condicional por considerar que los beneficios intrapenintenciarios como las salidas de fin de semana son insuficientes para conocer el comportamiento que podría tener en libertad. Decisión que sin remedio contrasta con los regalos que la justicia chilena ha entregado este último año a ciudadanos relacionados con las altas esferas de de poder. No obstante, y basándose en que el comunero cumple con todos los requisitos necesarios para que le sea otorgado el beneficio, dos de los magistrados presentes en la votación, Matilde Esquerré y Raúl Martínez, votaron a favor de que le fuera otorgada, una minoría que no fue suficiente.
La familia, en el comunicado emitido, señala asimismo que la libertad condicional sí «fue entregada a muchas personas que aún no cumplían con beneficios de salida de fin de semana o dominical, lo que contradice el argumento que señala por la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Concepción.»