En medio del nuevo revés judicial que enfrenta la transnacional Barrick Gold después de que la Corte Suprema fallara el pasado 30 de diciembre rechazar el recurso de casación presentado por la minera contra el fallo del Segundo Tribunal Ambiental, que resolvió anular el proceso sancionatorio aplicado por la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) por considerarlo insuficiente y errado, ya que no se infraccionaban de manera independiente los incumplimientos la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), la minera está también pendiente del resultado del litigio judicial que lleva adelante con Jorge Lohepandía, quien en sociedad con MountainStar Gold INC. declara ser el dueño de legítimo del lugar donde está ubicado el proyecto Pascua Lama y denuncia la extracción ilegal de metales preciosos por parte de la minera.
«El siguiente reporte es una actualización de los procedimientos legales llevados a cabo en Chile en lo referente a la reclamación de Jorge Lopehandía.
Como telón de fondo de los hechos, el 4 de marzo de 2001 Jorge Lohepandía comenzó los procedimientos legales en el 14º Juzgado Civil de Santiago (C-1912-2001) relativos a las concesiones mineras que integran el proyecto y que están registradas a nombre de Héctor Unda LLanos. Aproximadamente el 5 de junio del mismo año se estableció una orden judicial que prohibía la transferencia de las «concesiones Tesoros», la que hoy sigue en vigor.
El 19 de junio de 2006, la corte del 14 juzgado, presidida por la jueza María Isabel Reyes Kokish emitió sentencia favorable para Jorge Lopehandia y Barrick reveló la existencia de procedimientos legales en la página 71 del Anuario informativo de la firma de 2004, en el que Barrick señala lo siguiente:
«En 2001 fue presentada una acción por Rudolfu Francisco Villa contra la empresa chilena subsidiaria de Barrick Gold, Compañía Minera Nevada Spa (CMN), reclamando que esta habría incurrido en incumplimientos y daños al honor al adquirir ciertas concesiones mineras de Villar ubicadas cerca del proyecto Pascua Lama. La demanda de Villar busca rescindir el acuerdo de compra con CMN o, en su defecto, una reparación de daños por aproximadante US $ 1 millón. Al comienzo del litigio, Villar obtuvo una medida cautelar que prohibía a CMN vender o gravar lo reclamado en tanto que se resolviera el proceso judicial. Barrick tiene la intención de defender vigorosamente esta causa por considerar que no tiene fundamento.»
*Cabe señalar que Rodolfo Francisco Villar (su primer nombre fue mal escrito) era el entonces agente de Jorge Lopehandía
Durante el transcurrir de los años siguientes, las apelaciones y audiencias se han celebrado con resultados divididos para ambos y finalmente llegaron el pasado año (2014) a la Corte Suprema. En concreto, el 1 de diciembre de 2014 la Cuarta Sala de la Corte Suprema escuchó los alegatos de las partes involucradas (Minera Nevada Spa y Jorge Lopehandía) pero no emitió ninguna decisión.
A requerimiento de la Corte, el 24 de diciembre las partes asistieron nuevamente a declarar ante la referida corte, aunque nuevamente no fue emitida ninguna decisión, aunque sí se pronunció sobre dos temas; En primer lugar, resolvió que Jorge Lopehandia, y no Rodolfo Francisco Villar, es el apropiado para la presentación del recurso de casación ante la Corte Suprema. En segundo lugar, se informó a las partes que el día 31 de diciembre de 2014 se escucharía la apelación a la reciente decisión de la Corte de Apelaciones de Copiapó, que ordenó que la subsidiaria de Barrick se hiciera cargo de los costos judiciales de Jorge Lopehandía en lo relativo a los trámites que inició este en 2012 en el Juzgado Civil n º 2 de Vallenar buscando una orden de anulación de las concesiones «Amarillos 1 a 3.000), actualmente registradas a nombre de Compañía Minera Nevada Spa (para ser claros, aunque originalmente podrían haber sido 3.000 concesiones reclamadas, Lopehandía estima que actualmente son 700 las concesiones que siguen existiendo y de las que reclama su término).
Además, cabe señalar que el abogado del demandante presentó como pruebas ante la Corte de Vallenar registros del Servicio Nacional de Minería y Geología (Sernageomin), revelando que los derechos dados al titular de las concesiones «Amarillos 1 a 3000» solo a la extracción de sales y nitratos, no de metales preciosos como oro y plata. El Tribunal todavía no ha emitido una decisión al respecto de la solicitud de suspensión.
Las concesiones reclamadas fueron adquiridas por Barrick como resultado de la compra de Lac Minerales en 1994 (según lo señalado en la página 9 del Informe Anual de Barrick del 31 de marzo de 1999, donde sin embargo no se revela el nombre de las concesiones adquiridas.)
A principios de julio de 2014, la transnacional, a través de su filial, inició procedimientos legales en Vallenar, si embargo, la Corte falló en contra suyo y ordenó que fuera Minera Nevada Spa la que se hiciera cargo de los costos judiciales.»