Finalmente la Corte de Apelaciones de Concepción resolvió rechazar el recurso de amparo presentado por la Defensa del comunero mapuche Héctor Llaitul contra la decisión de la Comisión de Libertad Condicional, que negó – en decisión dividida, ya que dos de los magistrados presentes en la votación, Matilde Esquerré y Raúl Martínez, votaron a favor de que le fuera otorgada- la libertad condicional al integrante de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), a pesar de que este cumple con los requisitos establecidos para su otorgamiento, y de que Ramón Llanquileo, también miembro de la CAM y condenado por la misma causa fue puesto en libertad en noviembre del presente año, cuando un total de 154 internos de Concepción y 61 del Centro Penal del Biobío recibieron el beneficio de libertad condicional después de una revisión realizada por la referida Comisión.
En esta ocasión, y después de que primero dejara pendiente la resolución de la causa, se consideró que era necesario un mayor lapso de observación del comportamiento de Llaitul por parte de Gendarmería, justificación no recogida en la legislación ni en el reglamento y a la que también aludió la Comisión para negarle la libertad en primera instancia -«No es posible acceder a la petición formulada, por las siguientes razones: Por cuanto, si bien cumplió el tiempo mínimo que establece la ley para optar a este beneficio, esta Comisión estima que el interno requiere de un mayor lapso de observación por parte de Gendarmería de Chile, antes de optar al mismo, considerando el tiempo que le resta por cumplir la pena impuesta y, porque a pesar que al interno le han otorgado beneficios intrapenitenciarios, éstos son muy recientes, de modo que no se puede advertir cuál será su comportamiento en el medio libre»- ,la Corte apuntó a su condición de líder de la CAM y en la naturaleza de los delitos por los que le imputó (la llamada «emboscada» al fiscal Mario Elgueta y la recuperación de tierras que detonó el incidente) para rechazar el recurso presentado por la defensa de Llaitul y refrendar lo sentenciado por la Comisión:
«Considerando la calidad de activo dirigente de la Coordinadora Arauco-Malleco que posee el recurrente, como se consigna en la carpeta de antecedentes, y sobre todo, la intervención que le cupo en los delitos que motivaron su condena: robo con intimidación y lesiones a varios funcionarios públicos, causadas con escopetas, cometidos en una emboscada fríamente planificada y ejecutada en contra de Carabineros y Policía de Investigaciones, afectando incluso a un Fiscal del Ministerio Público, hechos que obligaron a calificar la conducta del amparado con mayor estrictez, dado que su actuar no obedece a motivación personal en contra de alguien, sino a una causa mapuche de recuperación de tierras ancestrales», señala el fallo de la Corte de Apelaciones, ratificando así la condición la condición de preso político en la que se mantiene a Llaitul.
Familiares anunciaron recurso ante la Corte Suprema
Ahora la defensa podrá apelar la decisión ante la Suprema, en concordancia con lo que los familiares del comunero anunciaron que harían en caso de que el recurso presentado fuera rechazado; «Señalamos que de ser rechazado el Recurso de Amparo, acudiremos a la Corte Suprema para restablecer un poco de justicia» sostuvieron en un comunicado público, en el que denunciaron asimismo que la negativa de la Comisión «obedeció solo a razones políticas«.