Expertos critican bloqueo del TC a investigación contra SQM

Expertos en Derecho Constitucional analizaron la suspensión de la investigación de la Fiscalía por parte del TC, coincidiendo en que este ente se inmiscuye en las atribuciones propias del Ministerio Público y su mandato constitucional. Además, existe preocupación por la falta de un análisis profundo por parte del Tribunal, que revisara la posibilidad de que se estén ocultando antecedentes y las consecuencias del plazo de suspensión.

Expertos critican bloqueo del TC a investigación contra SQM

Autor: Ángela Barraza

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Las conclusiones de distintos sectores de la ciudadanía se apresuraron ante la determinación del Tribunal Constitucional de suspender la investigación de la Fiscalía en la arista SQM del Caso Penta.

Esto, porque en estricto rigor, lo ocurrido este martes es la acogida a trámite, por parte de la Segunda Sala del Tribunal, del requerimiento de inaplicabilidad presentado por el ex gerente de Soqumich, Patricio Contesse. Ante esto varios recordaron la idea de que el TC funciona como un bloqueo a transformaciones en el país, y en este caso de procesos judiciales.

Los ministros que componen la Segunda Sala del TC son María Luis Brahm,  Iván Aróstica, y el ex diputado de la UDI Cristián Letelier, todos nombres vinculados a la Alianza. Los otros miembros son Carlos Carmona, presidente del TC y Gonzalo García, juristas ligados a la Nueva Mayoría.

Expertos salieron a explicar la situación, como el abogado Hernán Montealegre, que entrevistado por Radio Universidad de Chile partió reconociendo que el Tribunal Constitucional es una institución retrógrada que trata de reafirmarse de forma inadecuada, ya que se estaría involucrando en el propio mandato constitucional del Ministerio Público.

En ese sentido, Montealegre calificó el actuar como contraproducente al inmiscuirse en las facultades de la Fiscalía.

“El Tribunal Constitucional está actuando en este momento como quien dijera “remando para atrás”. Es obvio que hay que investigar los delitos. Y lo que le importa a la ciudadanía es que se investiguen los hechos delictivos, sobre todo si se sospecha. El Tribunal Constitucional efectivamente se estaría inmiscuyendo en una facultad que es propia del Ministerio Público”.

Junto con reconocer este “conflicto de competencias”, el abogado reconoció que la suspensión de la investigación no significa necesariamente que el precepto invocado por el ente persecutor sea inconstitucional.

Por otra parte, en conversación con la Tercera Edición de Radioanálisis de nuestra emisora, el constitucionalista Fernando Atria, reconoció que en una vista rápida la situación “se ve oscura”.

La mayor preocupación del abogado, es el plazo de suspensión y sus consecuencias.

“Eso puede significar la diferencia entre que encuentren antecedentes o no, porque esta semana puede ser crucial. Yo creo que aquí, independientemente de que en sentido estricto el tribunal lo que hizo fue acogerla a trámite, pero declaró una medida de suspensión que no puede ser tratada como si fuera una medida automática. Hay que preguntarse cuáles van a ser las consecuencias de que este proceso, en este momento, sea suspendido. Yo creo que el fondo del requerimiento muestra que no está bien planteado. Lo que hay es alguna manera de buscar una medida de suspender”.

Atria agregó que el TC debió hacer un análisis más profundo y revisar la posibilidad de que se estén ocultando antecedentes.

“Aquí debería haber habido un momento en que el Tribunal Constitucional dijera “qué significa esto” desde el punto de vista de la práctica que está fomentando que en el futuro hayan otros que quieran retrasar investigaciones criminales para ocultar antecedentes. Como digo, yo no tengo ninguna razón para sospechar en concreto de que aquí se estén ocultando antecedentes, pero es bien poco inteligente, desde el punto de vista de una eficaz persecución penal, que cualquier parte, por el sólo hecho de requerir en castellano y con certificados ante el TC, pueda obtener una paralización”.

Fernando Atria aprovechó de explicar que el Ministerio Público tiene competencias para investigar hechos que puedan ser delitos libremente, y sólo los tributarios requieren una querella previa por parte del Servicio de Impuestos Internos.

Por esto, la Fiscalía podría proceder en otras eventuales transgresiones a la ley como el cohecho o lavado de activos, por ejemplo.

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