Un recurso de protección fue interpuesto ante la Corte de Apelaciones de Santiago por los vecinos de Campiche luego de que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo modificara la ley para permitir la instalación de la termoeléctrica de AES Gener en Puchuncaví, pese a haber un fallo de la Corte Suprema que ordenaba su paralización.
En el requerimiento se cita a los ministros de Vivienda y Urbanismo, Patricia Poblete, y de Interior, Edmundo Pérez Yoma, junto al contralor Ramiro Mendoza, entre otras autoridades. Poblete es acusada por los vecinos de elaborar y dictar “arbitraria e ilegal” el Decreto Supremo Nº68/2009, que modificó la ordenanza general de urbanismo y construcciones sobre uso de suelo de actividades productivas.
Este fue emitido a fines del 2009 y allana el camino para que AES Gener prosiga la construcción de la termoeléctrica Campiche, cuyas obras se hallaban paralizadas por un dictamen de la Corte Suprema.
La central termoeléctrica Campiche apuesta a ser la segunda de mayor generación eléctrica en Chile. El proyecto prometía producir 270 MW de potencia, lo que equivale al 10% de capacidad de generación en construcción o el 3% de la capacidad instalada del sistema eléctrico. La inversión era de U$500 millones.
En el escrito presentado se evidencia el espaldarazo del Ejecutivo a la termoeléctrica con los dichos del ministro Pérez Yoma a diversos medios de comunicación, posteriores al fallo de la Suprema, en los que señalaba que se buscarían las herramientas para allanar el camino a la termoeléctrica.
No fue siquiera un secreto a voces el hecho de que el gobierno buscara todas las fórmulas posibles para que la central a carbón no se convirtiera en un gran elefante blanco, lo que a juicio de los burócratas de la Moneda sería “una pésima señal para los inversionistas energéticos”.
También se cuestiona al Jefe de la División de Desarrollo Urbano, Luis Eduardo Bresciani y al Contralor General de la República, Ramiro Mendoza, quien sería responsable de haber tomado razón, admitir a tramitación y acoger el Decreto Supremo Nº 68 “en forma arbitraria e ilegal, vulnerando una serie de garantías constitucionales.
LEYES A LA MEDIDA
En junio del 2009 el máximo tribunal declaró ilegal la autorización dada al funcionamiento de la central a carbón por la Corema, por conceder el permiso sin que se realizara el cambio de suelo necesario, lo que obligó a la empresa de AES Gener a detener las obras de la Central Termoeléctrica de Campiche, ubicada en las cercanías de dicha comuna.
La solicitud fue presentada ante la Corte Suprema por las comunidades de Puchuncaví y el fallo unánime de la Suprema confirmó una sentencia anterior de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, la que declaró ilegal la autorización otorgada por el organismo ambiental.
La autorización de la Corema de Valparaíso fue sin la presencia de los consejeros regionales y con sólo 14 de sus 22 integrantes. La votación se realizó gracias a la también cuestionada aprobación del Plano Regulador Intercomunal de Valparaíso, a la que tampoco asistieron todos los consejeros y de la que no hay acta pública.
La modificación al artículo 2.1.21, hecha por el MINVU a fines del 2009, permite que si un predio queda afecto a 2 o más zonas o subzonas con distintos usos de suelo y al menos el 30% de su superficie incluye los usos de suelo de actividades productivas y/o infraestructura, se admitirá en todo el terreno dicho uso de suelo, lo que incluye infraestructura energética.
Ni tontos ni perezosos, pero si bien dateados desde el Ejecutivo, en enero del 2010 AES Gener inició los trámites para acogerse a esta modificación, lo que le permitiría conxluir su anhelada termoeléctrica.
En una carta enviada por la empresa el 14 de enero a la directora de la Conama de Valparaíso, Karina Francis, se señala que el terreno en que se emplaza la Central Termoeléctrica Campiche incluye una zona de “uso industrial peligroso en una proporción aproximada al 33 por ciento del predio”, según denunció El Mostrador.
El documento argumenta que las modificaciones hechas por el MINVU “han subsanado -a nivel normativo- los reparos que llevaron a la Corte Suprema” a invalidar la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) entregada en 2008 por la Corema V Región y que se fundaron en el Plan Regulador Intercomunal de Valparaíso (Premval).
La misiva concluye que “como la referida ordenanza tiene una jerarquía jurídica superior y preferente a ese instrumento intercomunal, el fundamento que la Corte Suprema tuvo en vista para invalidar la referida RCA, ha quedado superado, y procede por tanto, retomar el proceso formativo de la Calificación Ambiental del Proyecto”.
RECURSO DE PROTECCIÓN
El recurso de protección presentado por los vecinos de Campiche, patrocinado por el abogado Marco Opazo, sostiene que “el Decreto Supremo se dictó en abierta contradicción y vulneración de las normas de uso de suelo de la Ley general de Urbanismo y Construcciones, ya que no existe ninguna norma legal que faculte a la administración a establecer la modificación introducida…y en particular que un uso de suelo minoritario –al menos 30%- pueda extenderse en todo el terreno que tiene otro uso de suelo distinto y en proporción mayoritaria. Dicha facultad no la entregó el legislador a la administración”.
Agrega que “se dicta una norma administrativa que por esencia es de carácter general para tratar de solucionar un caso particular, esto es las ilegalidades del proyecto Termoeléctrico Campiche”.
Incluso en septiembre, el alcalde de Puchuncaví, Agustín Valencia, ordenó a la empresa AES Gener demoler nueve obras de la planta generadora Campiche, ya que no contaban con los permisos de edificación pertinentes.
El Ciudadano