Como dicen que los medios hacemos lo que queremos, antes de empezar delimitemos la cancha. La empresa Southern Copper pretende realizar minería contaminante a cielo abierto para extraer cobre, oro y molibdeno en Las Coloradas, Neuquén, Argentina.
Esta es una nota de análisis de la documentación relacionada; si no estás al tanto te acercamos algunos artículos para ponerte en tema:
- “Las Coloradas: el río es nuestro alimento”, para conocer el contexto.
- “No a la mina: el 7 de agosto se realizará una marcha en Las Coloradas”, para estar al tanto de las próximas actividades.
- “Las Coloradas: se suspendió la audiencia pública”, para saber sobre los avances de la Asamblea.
- “Las Coloradas: invitamos a estar alerta y en movilización”, para conocer la voz de las y los vecinos.
- “Proyecto para prohibir la minería a cielo abierto en Neuquén”, para conocer las repercusiones de la movilización.
Ahora sí, con conocimiento de causa, vuelve la pelota al campo de juego.
Primero analizaremos la ordenanza 174/2015 del concejo deliberante de Las Coloradas. Y antes que nada, una fe de erratas para mantener la coherencia: este medio publicó un artículo que decía que Las Coloradas “aprobó una ordenanza que prohíbe la minería contaminante en su ejido”. En esa cita hay -al menos- un error: la ordenanza no prohíbe sino que “no autoriza”. Advertimos la diferencia cuando muy gentilmente Germán Zuñiga, el abogado de la Asamblea de Las Coloradas, nos explicó la inconsistencia de esta norma.
Otra observación de Zuñiga fue en el artículo primero, acerca de “no autorizar en el ámbito jurisdiccional del municipio de Las Coloradas todo tipo de actividad minera ya sea bajo o sobre la superficie terrestre que resulte contaminante para cualquier ser vivo ya sea humano, animal, vegetal o hídricos” (sic). Más allá de que el humano pertenece al llamado reino animal, lo de seres hídricos presenta algún interrogante, como ¿somos los humanos seres hídricos, dado el altísimo porcentaje de agua en nuestra conformación? Quizás haya que preguntarle a los tres concejales del MPN que aprobaron esta ordenanza más cerca de gallos que de medianoche.
También se cuestiona de la ordenanza que se refiera a “todo tipo de actividad minera”, siendo tan amplia esa denominación y, por tanto, tan poco específica.Y, como expresó Zuñiga, “se deja vía libre para otro modo extractivo, como la fractura hidráulica”.
Además, indicó que dice explícitamente que se está en “consonancia con Nación y provincia” por todas las leyes que cita en su primera parte y todo lo que “considera” previo a los artículos. “Se ha perdido la posibilidad importante de hacer una norma muy buena y lo más protectora posible del ambiente y la comunidad”, resumió el abogado.
Habiendo sembrado las preguntas sobre la legislación municipal de Las Coloradas, estamos en condiciones de pasar al segundo tiempo y adentrarnos en la documentación referida a la provincia de Neuquén y la minera en cuestión.