La Comunidad Winkul Newen está ubicada en el Paraje Portezuelo Chico, zona centro de la Provincia de Neuquén, Argentina.
El Territorio ancestral se encuentra, hoy en día, el Yacimiento Portezuelo Norte, por 10 pozos de Petróleo y Gas de la Empresa Apache, hoy denominada Yacimientos del Sur.
La comunidad por más de una década viene resistiendo el avance las empresas petroleras, en principio Pionner, Apache hoy Yacimientos del Sur.
Dentro del territorio comunitario había una planificación de 40 pozos petroleros de los cuales solo pudieron hacer 10, producto de la incansable lucha de la comunidad que durante más de una década ha venido enfrentando a las diferentes empresas que se asentaron sobre su territorio.
Debido a las diferentes acciones de resistencia llevadas a cabo, la comunidad ha sufrido incontables desalojos, inspecciones oculares en plena noche, militarización constante de espacios culturales y de pastoreo. Incluso uno de los últimos desalojos fue frenado por las mujeres de la comunidad cuando se rociaron con combustible y amenazaron con prenderse fuego. A raíz de esto, los próximos desalojos se hicieron con la presencia de la ambulancia y bomberos de Zapala.
El Yacimiento Portezuelo Norte se encuentra sin operar desde el año 2012, por las diferentes acciones que la comunidad ha realizado. La misma cuenta con actas de inspección de la Subsecretaria de Medio Ambiente y de Hidrocarburos y Energía de la Provincia, en la cual se le solicita el saneamiento, las mismas tienen fecha de 9 de diciembre del 2011 y 16 de Octubre del 2012. Hasta el día de la fecha, no se cumplió el saneamiento cultural, que es una de las peticiones de la comunidad. Anteriormente también se habrían producido derrames, fugas de gas, caída de animales en piletas de crudo a cielo abierto, pero jamás se hicieron presentes autoridades del Gobierno, por lo cual mucho de estos espacios contaminados están sin ningún tratamiento ambiental.
Esta situación se profundizo el día 28 de Diciembre del año 2012, cuando en medio de un Eluwvn – entierro mapuche- , la Jueza Ivonne San Martin del Juzgado de Zapala, ciudad ubicada a 50 km de la comunidad, libera una nueva orden de desalojo para la Comunidad.
Eran aproximadamente las tres de la tarde cuando la comunidad advirtió un despliegue importante de topadoras y camionetas de la Empresa Apache que estaban a metros del alambrado que la comunidad había colocado impidiendo el ingreso.
La comunidad definió resistir a la orden de desalojo, defendiéndose con piedras en el momento que la oficial de justicia ordeno a la topadora el ingreso al territorio.
Este hecho agudizo la persecución política y judicial contra las autoridades tradicionales de la comunidad, iniciándose una causa judicial por el supuesto delitos homicidio agravado en grado de tentativa y daño agravado a Relmu Ñanku y del delito de daño agravado a Martín Maliqueo y a Mauricio Raín, lo cual implica una profundización en el proceso de criminalización de la protesta y persecución política a la comunidad Winkul Newen, en un contexto de defensa de territorio y demás Derechos Humanos.
Denunciamos la complicidad del Ministerio Público Fiscal a la hora de garantizar la explotación a las Empresas Petrolera lo cual se ha visto muy bien reflejado en:
a) la calificación jurídica que no refleja las circunstancias que “rodearon” a los hechos imputados. Asimismo, es necesario puntualizar que en la causa ha existido un cambio de “caratula” de lesiones graves a homicidio agravado en grado de tentativa, sin existir nuevos elementos incorporados al expediente que justifiquen dicho cambio b) la falta de un intérprete designado por la Confederación Mapuche en la audiencia en la cual se han formulado los cargos. En ese sentido, la misma refleja un claro incumplimiento a una resolución del propio Tribunal Superior de Justicia de Neuquén. Además, debemos señalar que el intérprete designado, fue empleado de la Multinacional Apache, empresa que ha realizado actividades empresariales que han vulnerado el territorio comunitario desde hace años. c) la distinta vara judicial que se utiliza a la hora de resolver situaciones relacionadas al Pueblo Mapuce, ya que la comunidad meses antes de lo acontecido denunció una golpiza de una patota enviada por la petrolera Apache. En la cual integrantes de la comunidad quedaron fuertemente heridos, entre ellos Petrona Maliqueo Pillan Kuse autoridad Filosofica y espiritual, fuertemente golpeada en su cabeza y rostro. Violeta Velazquez, en ese momento embarazada, golpeada en su panza y rostro y Maximiliano Morales en aquel momento menor de edad herido de un balazo en una de sus piernas.
Estos hechos fueron denunciados por la comunidad en la Fiscalía de Zapala, e investigados por Marcelo Jofre y Sandra Gonzales Taboada los mismos fiscales que instruyen la causa por tentativa de Homicidio, dicha causa actualmente está a punto de ser prescrita ya que jamás se indago sobre la denuncia efectuada por la Comunidad.
Por otra parte desde el año 2012 la Comunidad viene solicitando la inscripción en el RENACI Registro Nacional de Comunidades Indígenas del INAI Instituto Nacional de Asuntos Indígenas de Argentina.
Con fecha 30 de Agosto del 2012 se le solicita a la Ministra de Desarrollo Social Alicia Kirchner, el reconocimiento de la Comunidad Winkul Newen, presentando toda la documentación requerida por dicho organismo, Acta Constitutiva, Nomina de Autoridades, Nomina de integrantes y Estatuto. A sí mismo con fecha 30 de Abril del 2013 se solicita la inscripción ante la Dirección Provincial de Personerías Jurídicas de Neuquén, al no contar con ninguna respuesta se solicita nuevamente el 15 de Agosto del 2014, hasta el momento no existe ninguna respuesta del Gobierno Nacional ni Provincial.
Esto repercutió profundamente en la vida diaria de la comunidad, representando una nueva violación de los derechos indígenas, ya que desde el momento de la solicitud de la comunidad hasta la fecha, se han agudizado los enfrentamientos entre comunidad, empresa petrolera y procesamientos judiciales.
Más aun cuando en la provincia de Neuquén se está aplicando la Ley Nacional 26.160 (y sus prorrogas) de Relevamiento Territorial, que incluye, según la ley, el relevamiento tanto para comunidades con personería jurídica como también para las que no cuentan. Sin embargo, ello no sucede, se realizo un plan de relevamiento y solo se incluyen a las comunidades que tiene personería jurídica, resultando nuestra comunidad fuera del relevamiento, por no contar con dicho requisito. Asimismo la misma Ley prohíbe los desalojos pero nuestra comunidad ha sido desalojada y judicializada en plena vigencia de la ley.
Así también el incumplimiento de los tratados internacionales como Convenio 169 OIT, Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, en donde se establece claramente el derecho a la Consulta con su prerrequisito Libre Consentimiento Fundamentado Previo, jamás puesto en práctica con resultados muy negativos para la comunidad a la hora de enfrentar el avance del la Industria Extractiva Petrolera.
Por último tenemos una profunda preocupación por la sanción en nuestro país de la Ley Antiterrorista, el pasado 22 de diciembre de 2011, que modifica el código penal generando una desbalance en la proporción de las penas. Particularmente resulta grave la duplicación de las penas para cualquier delito que fuera con la finalidad de generar terror en la población o de obligar a un gobierno a adoptar o abstenerse de tomar determinada decisión
La amplitud e imprecisión de esta tipificación, abre las puertas para su aplicación a figuras penales típicamente utilizadas para criminalizar la protesta social y la defensa colectiva de derechos. Tal como fue señalado en la descripción de este caso, en donde la respuesta estatal a la defensa territorial y reclamos indígenas en nuestro país es la persecución penal de sus miembros, en ese sentido, la vigencia de esta ley resulta muy preocupante para las comunidades indígenas en defensa de sus derechos.
Existe un claro ejemplo en Chile, con la aplicación de una normativa similar, lo cual ha permitido la persecución penal de dirigentes indígenas de nuestro mismo pueblo, actualmente muchos cumpliendo penas con cárcel efectiva.
IMPORTANTE: EN LA AUDIENCIA DEL 13 DE ABRIL, SE VOLVIERON A SOSTENER LOS CARGOS DE TENTATIVA DE HOMICIDIO, PARA RELMU ÑAMKU,Y DE DAÑO AGRAVADO PARA MAURICIO RAIN Y MARTIN MALIQUEO.
LA FISCAL SANDRA GONZALEZ TABOADA SOLICITO LA PENA DE 15 AÑOS DE PRISION PARA RELMU ÑAMKU, BAJO UN JUICIO POR JURADO.
LA FECHA DEL JUICIO ES EL 22 DE JUNIO, CASUALMENTE EN UNA FECHA DE SUMA IMPORTANCIA PARA EL PUEBLO MAPUCE, YA QUE EN ESTAS FECHA 21, 22,23 Y 24 DE JUNIO, NOS PREPARAMOS PARA RENOVAR NUESTRO NEWEN – FUERZAS, EN EL WIÑOY XIPANTV- AÑO NUEVO MAPUCE, ENTENDEMOS QUE FIJAR ESTA FECHA, RESPONDE A CONTINUAR AGUDEZANDO LA DISCRIMINACION A NUESTRO PUEBLO.
DEMUESTRA UNA VEZ MÁS QUE EL ESTADO PROVINCIAL Y NACIONAL DESCONOCEN NUESTRA CEREMONIA SAGRADA DE RENOVACION DE LA ENERGIA.
MIENTRAS SE DESARROLLABA LA CUMBRE DE PUEBLOS INDIGENAS DE ARGENTINA, LOS DIAS 27, 28 Y 29 DE MAYO, HEMOS RECIBIDO LA NOTICIA QUE EL JUICIO HA QUEDADO SUSPENDIDO TEMPORALMENTE.
ACTUACIONES JUDICIALES PROVINCIALES:
Juzgado Civil de Zapala: Apache Energía Argentina C/ Maliqueo Martin Velazquez S/ sumarísimo art. 321 CCPC. Acumulado inc. 24073-14 Apache C/ Maliqueo S/ sumarísimo S/ Incidente excusación esp. 19237/2012.
Fiscalía de Zapala: SOAE CAROL Y OTROS S/ TENTATIVA DE HOMICIDIO AGRAVADO en trámite por ante el Ministerio Publico Fiscal en Fiscalía de Zapala. Legajo de Investigación 10450
Vía Mapuexpress