Nunca hubo un atentado; ello fue un invento de los propietarios del recinto para ocultar responsabilidades. Una deficiente instalación eléctrica fue la causa de una tragedia que habría permitido en los “tiempos adecuados” procesar a los dueños de la Divine por cuasidelito de homicidio, en especial porque la puerta de escape no estaba habilitada. Sin embargo, las responsabilidades penales prescribieron.
La verdad sobre las razones del incendio de la discoteca gay Divine que el 4 de septiembre de 1993 cobró la vida de 16 personas finalmente salió a la luz, luego de que la jueza del ex Quinto Juzgado de Valparaíso, Patricia Montenegro, sobreseyera definitivamente la causa por haber prescrito la posibilidad de procesamiento por cuasidelito de homicidio contra los propietarios de la discoteca.
Así lo detalló hoy el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) y la abogada María Angélica Castro al dar a conocer el tercer y último informe sobre la tragedia denominado “Discoteca Divine: la verdadera historia”.
En las investigaciones judiciales y en las pruebas y conclusiones de todos los peritos quedó claramente establecido que la causa del incendio fueron las reparaciones e instalaciones eléctricas no autorizas y fraudulentas a las fue sometida la discoteca en agosto de 1993 por su propietario, Nelson Arellano, el mismo que hizo circular la tesis de un “atentado homofóbico” para liberarse de toda responsabilidad.
“Esta resolución de la jueza es muy importante, porque en tres ocasiones anteriores cuando se intentó cerrar el caso, se concluyó que no se conocían las causas. Con la última resolución de la jueza Montenegro, esto cambió. Se aclaran causas y responsabilidades y se precisa que el caso sólo se sobresee en virtud que la posibilidad de acción penal está prescrita”, explicó la abogada Castro.
“La verdad ya se sabe y las víctimas y sobrevivientes de la tragedia pueden estar en paz, pues nunca más se distorsionará su historia y ya están identificados los responsables. Desde que logramos la reapertura del Caso Divine en el 2003, supimos que las acciones penales estaban prescritas, pero eso no nos impidió seguir luchando para que se conociera la verdad”, apuntó, por su lado, el presidente del Movilh, Rolando Jiménez.
En su resolución la jueza Montenegro sostuvo que “sin perjuicio de que en el hecho investigado podría caber la responsabilidad de cuasidelito de homicidio respecto de las víctimas del incendio ocurrido en la referida discoteca, en especial a la deficiente mantención del sistema eléctrico local, lo que a juicio de esta sentenciadora habría permitido en el tiempo procesalmente adecuado hacer efectivas responsabilidades (…) se sobresee definitivamente la causa por encontrarse prescrita la acción penal”.
“Con esta resolución se rompe la injusticia del primer juez que vio la causa, Jorge Gándara, quien la cerró sin concluir nada y sin hacer referencia a ningún de tipo de responsabilidad”, añadió Jiménez.
Apuntó que “repudiamos con toda nuestra fuerza a los propietarios de la discoteca por el daño causado a las víctimas y por el engaño al cual sometieron a todo un país con la versión de un atentado que además fue asumida como cierta, y con una irresponsabilidad extrema, por algunos colectivos de la diversidad sexual”.
LAS RESPONSABILIDADES DE ARELLANO
Antes del incendio la discoteca fue sometida a diversos arreglos de pintado, carpintería, ornamentación y eléctricos, siendo gran parte de ellos fatales.
De acuerdo a todos los testigos, en agosto de 1993 se cubrieron las paredes y techos de la zona de acceso de la discoteca con cubrepiso que fue pegado con agorex, elemento de fácil combustión, según los peritos.
Además, antes del incendio se compraron e instalaron nuevos equipos para la discoteca como televisores y luminarias, se agregaron más elementos de audio y se amplió el amperaje de 15 a 30 con cables de 1.5 milímetros y no de 2.5 milímetros, como lo exige la norma.
Tales irregularidades hacen que la corriente eleve la temperatura “quemando el forro que cubre el cable y por supuesto cualquier material combustible que esté cerca”. Además, “los cables estaban a la vista” y no cubiertos con plástico corrugado, puntualizaron las investigaciones efectuadas tras la reapertura del caso.
La irresponsabilidad de los propietarios llegó al extremo de que todos los cambios no fueron notificados ni informados, además de pesquisarse una instalación eléctrica fraudulenta ubicaba en la pared izquierda de la mampara del primer piso del edificio.
Se trata de un sistema de fusibles tipo tapón que “fue ocultado a los fiscalizadores para obtener el permiso de normal funcionamiento de un lugar destinado a la atención a público, conducta que en ningún momento previno la posibilidad de provocar un sobrecalentamiento de los conductores eléctricos por una instalación obsoleta y un incendio que causa la muerte de personas al interior de su local comercial”, puntualizó el investigador policial Claudio Alarcón Zamora, quien en mayo del 2006 fue designado en forma exclusiva para el caso, tras una petición formulada por el Movilh a la actuaria Mariana Díaz y al jefe de la Quinta Región Policial de Valparaíso, prefecto inspector Alfredo Jiménez Ogalde.
El cuasidelito de homicidio queda más claro aún al considerar que la mencionada instalación eléctrica fraudulenta estaba ubicada tras una puerta batiente, la cual “fue retirada del sitio del suceso, con el fin de ocultar la real causa del siniestro, en forma dolosa”, puntualiza el inspector Alarcón, junto con precisar otra serie de irregularidades.
En tanto, la puerta de escape de la discoteca gay Divine de Valparaíso simplemente no estaba habilitada, de acuerdo a todos los peritajes y careos efectuados tras la reapertura.
“La puerta de escape no sólo estaba cerrada con un pestillo. Tenía una cadena y un candado y, peor aún, se abría hacia dentro, lo que impidió abrirla a tiempo y obligó a bomberos a derribarla. Incluso antes del incendio un bombero le pidió a Arellano que corrigiera este peligro, y no lo hizo”.
Se trata del bombero Carlos Jorge Hernández Valenzuela, quien señaló que junto a su compañero, Enzo Sumonte, “procedimos a darle instrucciones al señor Arellano para que realizara las correspondientes modificaciones de vías de evacuación, argumentándole que esa puerta tenía que estar sin candado, con la vía expedita”.
EL FIN DE UNA TRAGEDIA
El caso de la discoteca gay divine fue cerrado en marzo de 1994 por el juez del Séptimo Juzgado del Crimen de Valparaíso, Jorge Gándara, sin determinar las causas del incendio, ni tampoco el número e identidad de fallecidos y heridos en la tragedia.
Tras una investigación de un año, el Movilh demostró que no se habían agotado todas las diligencias y el caso logró ser reabierto en el 2003. Tras ello, los diversos jueces que siguieron intentaron en tres ocasiones más cerrar la causa sin conclusión alguna, pero las apelaciones de la abogada Castro, que representó al Movilh en el caso, lograron revertir esas medida ante la Corte de Apelaciones.
“Lo que buscábamos era que se aclarara que acá bien pudo en el pasado procesarse a personas por este siniestro, al margen de si era no factible en la actualidad dada la prescripción penal. Ello por cuanto implicaba un reconocimiento de la verdad que arrojaron todos los peritajes: el incendio fue responsabilidad de un desperfecto eléctrico, donde incidió el error humano, en este caso de los dueños de la discoteca”, añadió Jiménez.
“La cruel paradoja es que el caso Divine viró de la sospecha de un atentado homofóbico a la verdad de que un incendio tuvo efectos catastróficos por la irresponsabilidad de una persona gay, que bien debió haber conocido de la discriminación y que aún así engañó a todo el país”, se indica en el informe dado a conocer hoy.
Pero la “la verdad no es lo único que consiguió la reapertura del caso, sino también justicia en diversos planos, pese a la prescripción de la acción penal”, agrega el informe “Divine: la verdadera historia”.
“Gracias a nuevos informes emanados por el Servicio Médico Legal y la Brigada de Homicidios de Valparaíso, se determinaron tres aspectos cruciales: el número, identidad y causas de las defunciones. Los fallecidos, ascendieron a 16 y “no quedaron cuerpos o restos óseos sin identificar”. De esos, 14 murieron por carbonización, uno por caída y otro por asfixia”, agrega el estudio.
Sus nombres son Andrés Angelo Agüero Bravo, Carlos Roberto Araya González, Hugo Alejandro Beltrán Angel, Julián Pablo Domínguez Elordi, Mauricio Fabián Herran Suazo, Oscar Alfredo Holz Romo, Francisco Segundo Llantén Torres, Gabriel Enrique Martínez Muñoz, Tomás Francisco Osorio Manquien, Luis Rodrigo Quiroz Bustamante, Sergio Requena Chandia, Hans Friz San Martín Pizarro, Víctor Hugo Santander Ibáñez, Juan Luis Tapia Moscoso, Jorge Eduardo Valverde Cifuentes y Patricio Del Carmen Vásquez Ponce.
En tanto, los lesionados con registros en el expediente y el Hospital Van Buren de Valparaíso sumaron 14, pero otros 15 se atendieron privadamente en Viña del Mar.
“De esta manera, con conocimiento de lo sucedido cerramos definitivamente uno de los procesos más dolorosos enfrentados por las más de 70 personas que estaban esa fatídica noche en la discoteca Divine y por una parte de las minorías sexuales organizadas”, puntualizó Jiménez.
Fuente: Movilh