Implicados en el caso Caval tienen cita para el 29 de enero

El juzgado de Rancagua citó para el próximo 29 de enero a los imputados en el caso Caval, en lo que será una audiencia de formalización de la investigación. Entre ellos está Mauricio Valero y Herman Chadwick Larraín.

Implicados en el caso Caval tienen cita para el 29 de enero

Autor: paulwalder

Fiscalia-13El Juzgado de Garantía de Rancagua fijó– para las 9.30 horas del próximo viernes 29 de enero, la audiencia de formalización de la investigación en el denominado caso Caval, citando en calidad de imputados a nueve personas naturales, además de una persona jurídica: la empresa Exportadora y de Gestión Caval Limitada.

 

 

Los imputados y los delitos por los que se iniciará investigación son:
-Mauricio Valero Illanes, en calidad de autor del delito de soborno, artículo 250 del Código Penal;

-Herman Chadwick Larraín, en calidad de autor del delito de ventajas indebidas del síndico del artículo 38 del libro IV del Código de Comercio;

-Juan Díaz Sepúlveda, en calidad de autor del delito de soborno del artículo 250 del Código Penal; y como cómplice de ventajas indebidas del síndico del artículo 38 del libro IV del Código de Comercio;

-Andrés Orchard Vergara, en calidad de cómplice de ventajas indebidas del síndico del artículo 38 del libro IV del Código de Comercio;

-Jorge Silva Menares, en calidad de autor del delito de cohecho, artículo 248 bis del Código Penal;

-Cynthia Ross Wiesner, en calidad de autora del delito de cohecho, artículo 248 bis del Código Penal;

-Marisol Navarrete Carmona, en calidad de cómplice del delito de cohecho, artículo 248 bis del Código Penal;

-Pablo Ovalle Andrade, en calidad de autor del delito de prevaricación de abogado, del artículo 231 del Código Penal; y como encubridor del delito de ventajas indebidas del síndico del artículo 38 del libro IV del Código de Comercio;

-Daniel Huerta Cordero, en calidad de autor del delito de prevaricación de abogado del artículo 231 del Código Penal; y como encubridor de ventajas indebidas del síndico del artículo 38 del libro IV del Código de Comercio, y

-Sociedad Exportadora y de Gestión Caval Limitada en calidad de autora del delito soborno del artículo 250 del Código Penal.

 


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