Suprema condena a Municipalidad de Lo Barnechea, inmobiliarias y propietarios por daño ambiental

La Corte Suprema condenó a la Municipalidad de Lo Barnechea, dos empresas inmobiliarias y 13 propietarios a reparar el daño ambiental provocado por la ejecución de una serie de obras ilegales de urbanización en un área de preservación ecológica, como la quebrada de Huallalolén

Suprema condena a Municipalidad de Lo Barnechea, inmobiliarias y propietarios por daño ambiental

Autor: Daniel Labbé Yáñez

Muni Lo Barnechea

La Corte Suprema condenó a la Municipalidad de Lo Barnechea, dos empresas inmobiliarias y 13 propietarios a reparar el daño ambiental provocado por la ejecución de una serie de obras ilegales de urbanización en un área de preservación ecológica, como la quebrada de Huallalolén. Ubicada en el sector de El Arrayán, la zona en cuestión esta fue loteada y subdivida ilegalmente para la construcción de viviendas y caminos.

La resolución establece que la acción del municipio “no fue oportuna, diligente ni exhaustiva, pues pese a contar con los medios legales pertinentes, se limitó a remitir la primera información sin que exista constancia alguna de haber perseverado en la fiscalización para lograr la paralización de las construcciones”.

“No sólo se constatan omisiones y negligencia por parte del referido municipio”, agrega la sentencia, que acusa a la entidad de que “tenía perfecto conocimiento de que estaba otorgando certificados de número en un predio que no admitía subdivisión”.

“Con una acción más diligente del municipio, como es la inspección periódica de la quebrada de autos, el grave daño ambiental denunciado en la demanda se habría evitado, pues, se habría así actuado preventivamente, frente a las primeras denuncias de afectación al medio ambiente. Todas estas son acciones que estaban dentro del ámbito de facultades de la entidad edilicia, que hubiera podido adoptar, y no se adoptaron», agrega el máximo tribunal.

A raíz de esto, la Corte Suprema ordenó a la Municipalidad la ejecución de “las obras que sean necesarias y pertinentes” para reparar “el daño ambiental producido con motivo del loteo ilegal de las parcelas 41 y 42, en las vías de acceso a la quebrada de Huallalolén”. Además de eso, se le condenó a “llevar a efecto las obras que impidan que esas vías de acceso se deterioren aún más y constituyan un riesgo para quienes circulen por ella”.

Por su parte, a los otros demandados se les obligó igualmente a restaurar y reparar material e íntegramente el medio ambiente afectado, realizando una serie de actividades para ello dentro de un plazo de 180 días.

Fuente: pjud.cl


Reels

Ver Más »
Busca en El Ciudadano