La Ley de Inclusión, que empezará a aplicarse a partir del próximo 1 de marzo, ha despertado un intenso debate alrededor de la no discriminación por la apariencia de los alumnos de enseñanza básica y media. En concreto, el texto legal precisa que “el sistema propenderá a eliminar todas las formas de discriminación arbitraria que impidan el aprendizaje y la participación de los estudiantes”.
La ministra de Educación, Adriana Delpiano, se refirió el pasado martes a este aspecto y aseguró que “no queremos que los niños pierdan clases por cosas que son superfluas”. Y de la misma manera, el superintendente de Educación, Alexis Ramírez, explicó hoy que “la Ley de Inclusión va a proteger la garantía del derecho a la educación respecto de situaciones de discriminación arbitraria, de situaciones de problemas de convivencia escolar”.
Ramírez puntualizó que, frente al hecho de que un estudiante no lleve el uniforme o no cumpla con la apariencia que requiere el reglamento interno del establecimiento, “la marginación es un medida extrema reservada para cuando se pone en riesgo la seguridad de los miembros de la comunidad escolar”.
Sin embargo, fue contundente en recordar que “en nuestro ordenamiento educacional existen los reglamentos de convivencia que tienen, por obligación, todos los establecimientos con reconocimiento oficial, para mantener un orden y que ese es el espacio normativo que debe regular ese tipo de situaciones”. “Si el establecimiento considera que la falta amerita una medida disciplinaria (llamar al apoderado, hacer algún trabajo alternativo -cada colegio va a definir cuáles son y qué sentido pedagógico tienen-), el colegio la puede tomar, siempre de forma proporcionada, pero lo que la ley resguarda es la discriminación arbitraria”.
Frente a los planteamientos de la ley y las explicaciones del Ministerio de Educación, el nuevo reglamento genera ambigüedad entorno a qué se entiende finalmente por “discriminación arbitraria”.
Un estudiante que no lleve el uniforme –cuando su uso sea obligatorio de acuerdo al reglamento interno de su colegio–, lleve el pelo largo, teñido o un piercing, no debería ser expulsado del establecimiento. Sin embargo, podrá ser castigado con otro tipo de sanciones. ¿No es eso acaso una discriminación? ¿No será cuestionado de todas formas por el mero hecho de vestir o peinarse diferente respecto a los demás compañeros?
El superintendente indicó que la respuesta inicial al desacato no puede ser la expulsión, “sino que tiene que ser el trabajo pedagógico”. Entonces, ¿qué tan pedagógico es aplicar un castigo por llevar el pelo teñido o un aro en las orejas?
La incoherencia de la nueva Ley de Inclusión recae en el hecho de presentar a los establecimientos, en palabras del superintendente, como centros que “se adaptan a las características de los estudiantes como sujetos que tienen identidad propia” y, sin embargo, permitir que sigan las represalias –excepto la expulsión de la sala clase o del colegio- si los estudiantes deciden manifestar públicamente una identidad diferente a la que impera en el recinto.
¿Un cambio de paradigma?
Preguntada por la ambigüedad del concepto “discriminación arbitraria”, la subsecretaria de Educación, Valentina Quiroga, explicitó que “lo importante es aplicar el sentido común”. Y ejemplificó: “Distinta es la situación de un estudiante que por una razón económica, no logró llegar al comienzo del año escolar con el uniforme que el establecimiento había planteado o cuando la familia no puede reponerlo rápidamente, de una situación donde el estudiante por rebeldía y de forma persistente incurre en no cumplir con el uniforme escolar. Si bien el hecho que uno observa al final puede ser el mismo, es muy distinta la situación”.
En opinión del profesor del Liceo Oscar Castro de Rancagua, ex presidente Federación Estudiantes PUCV y actual miembro del Movimiento por la Unidad Docente, Pablo Chamorro, “está ley no cambiará una serie de situaciones de discriminación en las escuelas, ya que no hay verdadera fiscalización. Por ejemplo , habrá colegios que seguirán enviando a estudiantes a cortarse el pelo, para que se acostumbren para luego tener trabajo».
En este sentido, es difícil que la nueva Ley de Inclusión plantee un cambio de paradigma real para que el alumnado se exprese, vista o se muestre libremente porque, tal y como plantea el docente, “aún existe una tendencia a imponer formas de ver el mundo, más que a permitir que los mismos jóvenes planteen su mirada o su forma de pensar. Esta discriminación es mucho más oculta y sutil, pero extremadamente dañina”.
Meritxell Freixas