La instancia se reunirá a partir de las 15:30 horas en el ex Congreso, en Santiago, para ver el tema. Se invitó al Ministro del Interior para que de su opinión sobre las mismas y respecto de las demás iniciativas que tiene el Gobierno sobre la materia.
Una sesión extraordinaria, a partir de las 15:30 horas de hoy, realizará la Comisión de Constitución del Senado para abocarse a la discusión de tres mociones parlamentarias presentada por senadores de la Concertación para modificar la ley sobre conductas terroristas. Para estos efectos, también se invitó al ministro del Interior, Rodrigo Hinzpeter, para que de su opinión sobre estos proyectos y las demás iniciativas que tiene el Gobierno sobre la materia.
Cabe recordar que la tarde de ayer ingresó al Senado, con suma urgencia, un proyecto del Ejecutivo que busca modernizar la legislación vigente sobre la materia.
El estudio de estas iniciativas se da en momentos en que un grupo de comuneros mapuches enteran 61 días de huelga de hambre, movimiento al que se sumaron cuatro diputados.
Así las cosas, la Comisión de Constitución analizará la moción presentada este miércoles 8 de septiembre, por los senadores Andrés Zaldívar, Soledad Alvear, Jorge Pizarro, Camilo Escalona y Jaime Quintana que restringe el concepto de delito terrorista.
Dicha iniciativa recoge un proyecto presentado el 3 de julio de 2006 por la ex Presidenta Michelle Bachelet, en el que se agrega un artículo 2° bis en la ley Nº 18.314, que delimita el ámbito de los bienes jurídicos protegidos a la vida, la integridad física, la libertad y, finalmente, la salud pública. Se excluye entonces, la propiedad.
El proyecto no modifica ningún tipo penal de los establecidos en la Ley Antiterrorista. Tampoco cambian las finalidades que se exigen para que estemos en presencia de un delito terrorista.
OTRAS INICIATIVAS
Otro de los proyectos que se analizará es el presentado este martes por el senador Eugenio Tuma relativo a la definición de delito terrorista.
La iniciativa señala que “constituirán delitos terroristas los enumerados en el artículo 2°, cuando ellos fueren ejecutados con la finalidad de subvertir el orden constitucional o impedir el pleno y normal desarrollo de las actividades económicas, para imponer por la fuerza un modelo de organización política y social, empleando para aquello armas de gran poder destructivo, medios tóxicos, corrosivos o infecciosos u otros que pudieren ocasionar grandes estragos, o mediante el envío de cartas, paquetes u objetos similares, de efectos explosivos o tóxicos. Sólo podrán ser calificados como terroristas los delitos contra las personas en su integridad física”.
La tercera moción fue presentada por el senador Alejandro Navarro y se refiere a la definición de los delitos terroristas. En lo fundamental, invertirte el peso de la prueba, eliminando la presunción señalada en el artículo 1 primero de la ley 18.314, en cuanto a que señala que: “Se presumirá la finalidad de producir dicho temor en la población en general, salvo que conste lo contrario, por el hecho de cometerse el delito mediante artificios explosivos o incendiarios.”
Según explica el senador, dentro de un proceso penal de tan graves consecuencias, requiere que todas las probanzas recaigan en el órgano persecutor, el que deberá acreditar la existencia de que la finalidad de la acción terrorista busca o se orienta a infundir temor.
“La propuesta legislativa indica que el órgano persecutor sea quien rinda estas probanzas, y se presumirá tal finalidad, sólo cuando en los casos que se indican, que revisten desde luego tal gravedad que amerita que la carga de la prueba se invierta en contra del imputado. La presunción en materia penal, en ningún caso puede ser la regla, sólo la excepción y debe ser interpretada restrictivamente”, precisa el proyecto.
Asimismo, contempla un nuevo artículo que delimita el ámbito de los bienes jurídicos protegidos a la vida, la integridad física, la libertad y, finalmente, la salud pública. Se excluye entonces, la propiedad.
El Ciudadano