¿Qué pasó con las dunas de Concón?

En el diario El Mercurio del domingo 3 de octubre de 2010 se publicó un reportaje titulado “Concón busca ampliar protección de dunas para mantener el principal atractivo del sector”, señalándose que el municipio estudia ofrecer un terreno de similar valor urbanístico a la inmobiliaria Reconsa S

¿Qué pasó con las dunas de Concón?

Autor: Wari

En el diario El Mercurio del domingo 3 de octubre de 2010 se publicó un reportaje titulado “Concón busca ampliar protección de dunas para mantener el principal atractivo del sector”, señalándose que el municipio estudia ofrecer un terreno de similar valor urbanístico a la inmobiliaria Reconsa S.A. dueña del sector a cambio de integrar la duna mayor a la reserva. Ese diario afirmaba que de las 50 hectáreas existentes entre Reñaca y Concón, sólo 19,5 hectáreas están protegidas como Santuario de la Naturaleza y que el resto está amenazado por la presión inmobiliaria.

En razón a que ese medio no informó, conscientemente o por ignorancia, sobre hechos muy relevantes que se deben conocer, haremos un ejercicio descriptivo con la historia reciente que deja muy mal parado a los funcionarios públicos que toman las decisiones de orden urbanístico-territorial y más todavía a quienes detentaban el Gobierno (11 de marzo de 1990-1994) en los inicios del retorno a la democracia. Demostraremos cómo el interés privado tiene preeminencia sobre el interés público y de qué manera se utiliza el poder político para borrar con el codo lo que se ha firmado con la mano.

Pues bien, acorde al ORD. Nº 329 del 14 de abril de 1992, firmado por el alcalde de Viña del Mar, validado técnicamente por un informe de un académico de Geomorfología de la Escuela de Geografía de la Universidad de Chile y en base al Oficio Nº 12.386 del 4 de marzo de 1993, firmado por el presidente de la Cámara de Diputados, el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) adoptó el acuerdo, conforme a la Ley Nº 17.288, para declarar el territorio (sectores A1 y A2 del plano respectivo) de 50 hectáreas que formaba parte de las 150 hectáreas denominadas Campo Dunar de Concón, como Santuario de la Naturaleza, vasto paraje que le pertenecía a la Sucesión Borgoño, cuyo apellido tiene la avenida que une el borde costero de los atiborrados balnearios de Reñaca y Concón.

El presidente de la República y su Ministro de Educación firmaron el 5 de agosto de 1993 el Decreto Supremo Nº 481, mediante el cual se protegieron legalmente esos sectores porque “consideraron que existe una inquietud creciente en el mundo sobre el tema del medio ambiente y porque el ser humano tiene un íntima relación con ese medio”. La Conama regional en aquella época decía que ese campo dunar “es un tesoro geológico en vías de extinción” y los abogados que redactaron el Decreto señalaron que el valor educativo y científico del Campo Dunar se distingue por sus arenas relictas y sus caracteres fisiográficos, que constituyen registros de la historia de la evolución de los paisajes costeros. También hicieron notar el valor escénico y estético como el especial ambiente y belleza de este conjunto de dunas, asociadas a un borde costero de hermosos roqueríos. Enfatizaron que, por lo anterior, las dunas constituyen un patrimonio natural de gran valor que debe preservarse para las generaciones presentes y futuras. En decir, la institucionalidad funcionó correctamente en esa ocasión puntual.

Pero cuando los agentes del mercado inmobiliario, incluyendo obviamente a Reconsa S.A. tomaron conocimiento del sano y civilizado comportamiento del gobierno de la Concertación, se iniciaron las acciones conducentes para dejar sin efecto tal protección patrimonial y ambiental, contándose para ello con la valiosa y ágil cooperación de influyentes personeros políticos progresistas quienes, con extrema soltura, sabían moverse en los vericuetos de la Administración.

Así fue como el 9 de marzo de 1994, dos días antes que don Patricio le entregara la banda presidencial a su sucesor, las mismas autoridades firmantes del Decreto Supremo Nº 481, se dieron vuelta la chaqueta y suscribieron el Decreto Supremo Nº 106 que modificó radicalmente el anterior con el justificativo de que “la conservación del medio ambiente no se puede plantear en un sentido restrictivo porque nuestro país requiere satisfacer necesidades crecientes de vivienda, salud, educación, energía, turismo, etc.” (sic), limitándose la declaración de Santuario de la Naturaleza a un reducidísimo espacio de 12 hectáreas localizado entre el segundo sector Roca Oceánica y el tercer sector Mirador de Cochoa.

Es decir, de un plumazo, se desprotegieron 38 hectáreas de dunas, las mismas que ahora, 16 años después, se quieren salvaguardar de la avidez inmobiliaria, la que obviamente en este prolongado período de tiempo ya ha hecho de las suyas allí : hay gigantescas y numerosas torres sobre las desamparadas dunas. Está muy claro que esos invasivos desarrollos inmobiliarios brindaron ingentes ganancias monetarias a quienes oportunamente supieron relacionarse con agentes del Estado que no supieron ejercer sus roles de servidores públicos.

Por Patricio Herman

Fundación “Defendamos la Ciudad”


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