Héctor Llaitul en libertad condicional, pero sigue en prisión preventiva

Héctor Llaitul, integrante de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM) obtuvo libertad condicional, decisión adoptada por la Corte Marcial

Héctor Llaitul en libertad condicional, pero sigue en prisión preventiva

Autor: Sebastian Saá

Héctor Llaitul, integrante de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM) obtuvo libertad condicional, decisión adoptada por la Corte Marcial. Sin embargo, es también procesado por la ley civil por el Ministerio Público, por lo que sigue recluido. En ambas instancias es acusado de participar en la emboscada al fiscal Mario Elgueta, entre otros cargos.

Bajo la figura de “libertad condicional” apareció en los medios de prensa locales la resolución de la Corte Marcial el pasado jueves 11. Formalizado en Cañete por robo, homicidio frustrado, atentado contra la autoridad y asociación ilícita terrorista, Llaitul lleva más de un año y medio de prisión preventiva, a la espera de una resolución.

“LA EMBOSCADA AL FISCAL ELGUETA”

El 16 de octubre de 2008, el Fiscal Especial de Asuntos Indígenas, Mario Elgueta, junto a tres efectivos de la Policía de Investigaciones (PDI) fueron atacados por un grupo de encapuchados, hecho en el cual salieron lesionados. Elgueta sufrió una herida de menor gravedad en su mano izquierda, mientras que uno de los uniformados terminó con una fractura y otro con una herida de perdigón en el brazo.

Identificado como líder de la CAM, Llaitul, en noviembre del año pasado, contó su verdad y afirmó que “no fue una emboscada, sino un enfrentamiento”, refiriéndose a los hechos ocurridos en la comuna de Tirúa. Según la fiscalía, un grupo de encapuchados bloqueó el paso a la caravana policial e hirió al fiscal, dos carabineros y tres detectives.

En declaración pública, un día después de ser detenido por la Policía de Investigaciones (PDI) en Osorno (16 julio de 2009), la CAM manifestó que se trataba de un montaje, “una nueva arremetida policíaco – judicial llevada adelante por el Ministerio Público”. La razón que ellos atribuían y aún hoy atribuyen para esta medida es “la implementación de una política represiva del Estado chileno, es frenar los procesos de recuperación territorial y política llevada adelante por las comunidades en lucha y por la Coordinadora Arauco Malleco pretendiendo así consolidar la arremetida empresarial en las zonas de conflicto, que se expresan en inversiones forestales y mineras en todo nuestro territorio mapuche”, arguyó la agrupación.

103 AÑOS DE CÁRCEL

La vida promedio de una persona en Chile es de 72 años, según constata el manual de geriatría de la Escuela de Medicina de la Universidad Católica de Chile. La pena que el fiscal Andrés Cruz pidió para Héctor Llaitul fue de 103 años.

La huelga de hambre del bicentenario, en el que participaron 34 comuneros procesados por Ley Antiterrorista (18.314) cumlminó con el compromiso del Gobierno de retipificar las querellas contra ellos y recibir un juicio civil y no otro, además, militar. La medida de presión de los mapuche tuvo como motivos, el uso de la figura de testigos protegidos, uso de ley antiterrorista contra su etnia y doble juicio (civil y militar) a la que son afectos. Sin embargo, el Ministerio Público prosigue las causas aplicando estos instrumentos.

Antes del pronunciamiento del fiscal, el día 8 de noviembre, el comunero arriesgaba una doble condena de 130 años en la justicia civil y 25 años en la justicia militar. Dos veces el promedio de vida de un habitante del territorio chileno.

Un antecente a considerar radica en que la acción criminal por la que es procesado Llaitul no tuvo consecuencias letales para los implicados. En el medio de prensa El Consecuente, Llaitul afirmó: “Los mapuche estamos jodidos, nos muestran como los terroristas. ¿Cómo hacemos la contraparte? No nos consideramos terroristas porque no hemos matado a nadie”.

SENTENCIAS CON RESULTADOS FATALES: 3 Y 15 AÑOS

Fiscal militar pidió 15 años de cárcel para carabinero que mató a Jaime Mendoza Collío.

El uniformado y miembro del Grupo de Operaciones Policiales Especiales (Gope), Miguel Jara Muñoz, que disparó por la espalda al comunero Jaime Mendoza Collío, fue acusado por el Fiscal Militar de violencia innecesaria con resultado de muerte. El abogado querellante en la causa, Lorenzo Morales, explicó que “quedamos muy conformes con lo resuelto”. Fiscalía logró acreditar montaje de Carabineros para encubrir el crimen.

Tras comprobarse que personal del Gope de Carabineros involucrado en la muerte del comunero Jaime Mendoza Collío, realizó un montaje para ocultar responsabilidades en este crimen de 2009, el fiscal Militar de Malleco, Rodrigo Vera Lama, solicitó 15 años de cárcel como condena para el autor material: el funcionario de Carabineros, Miguel Patricio Jara Muñoz. Esta sentencia en primera instancia, debería ahora pasar a la Corte Militar de Valdivia, donde un juez castrense decidirá si acepta o reduce esta condena (Ver artículo completo).

3 años y 1 día de libertad vigilada para el Carabinero asesino de Matías Catrileo. La Corte Marcial condenó a tres años y un día de libertad vigilada al cabo de Carabineros Walter Ramírez, quien el 3 de enero del 2008 mató por la espalda al activista mapuche Matías Catrileo, durante un enfrentamiento al interior del fundo del agricultor Jorge Luchsinger.

En el fallo se le rebajaron a dos las atenuantes a favor del uniformado y se mantuvo la tipificación de violencia innecesaria con resultado de muerte.

PROCESO VIGENTE Y PUNTO DE VISTA DEL FISCAL

Tras revisar los antecedentes, los magistrados llegaron a la conclusión de que «no existen motivos para mantener la prisión preventiva» de Llaitul.

A pesar de esta resolución, Llaitul continuará en prisión preventiva, ya que en Cañete se desarrolla un juicio oral contra el líder de la CAM y otros 16 mapuches, imputados de actos terroristas, incluido el ataque a Elgueta. En el juicio en su contra, atestiguarán 36 personas bajo la figura de “testigos protegidos”.

La posición del fiscal a cargo del “caso Elgueta” respecto a la medida adoptada por los magistrados la describe y expone el medio de prensa El Mercurio que describió en relación a la noticia: “en plena audiencia y tras la solicitud de los defensores de pedir la inhabilidad de dos jueces, el fiscal Andrés Cruz acusó ‘maniobras para obstaculizar el juicio’ del lado de su contraparte y adviritió que los defensores ‘están litigando no hacia adelante, no exponiendo los medios de prueba, sino hacia atrás».

El abogado del comunero en tanto, Alberto Espinoza, explicó en entrevista con Radio Universidad de Chile que el veredicto “no es una absolución o un pronunciamiento de los hechos de fondo”, sino más bien, es una “buena señal” para el futuro de las causas por las que están procesados los comuneros.

El jurista fundamentó su opinión en el convenio 169 de la OIT que establece, precisamente, que cuando se trate de juzgar a los pueblos originarios debe tomarse en especial consideraciones especiales. La norma establece además “que en el caso de aplicarse sanciones penales deben preferirse todas aquellas que no sean privativas de la libertad”.

El juicio civil prosigue en el Tribunal Oral de Cañete.

Por David Abrigo Bilbao

El Ciudadano


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