Eutanasia y ley de tenencia de mascotas: vacío legal

Los alcances de la Ley 20

Eutanasia y ley de tenencia de mascotas: vacío legal

Autor: Sebastian Saá

Los alcances de la Ley 20.380 sobre tenencia de mascotas dividen a parlamentarios respecto al uso de la eutanasia. Desde el Ministerio del Interior, sin embargo, aseguraron que las reformas a la Ley constituyen“un proyecto que no considera a la eutanasia como un mecanismo de control de la natalidad de los perros”.

Los recientes ataques de perros en Santiago traen consigo la reapertura del debate por la tenencia de mascotas, el control de perros vagos, las medidas sanitarias apropiadas para que la población canina no cause enfermedades y el poder de tomar acciones concretas para solucionar estas problemáticas.

A CONSIDERAR

En la situación actual, existe un vacío legal respecto a las decisiones de facto respecto al control de la población canina y las “medidas apropiadas” para hacerlo.

En primera instancia, compete al Ministerio de Salud en base a las normas estipuladas en el Código Sanitario, ordenar medidas tales como retiro de perros de las calles, si detectan un foco infeccioso peligroso para la vida humana. Encasillados en este apelativo están enfermedades como la rabia y la hidatidosis. Esta útlima enfermedad consiste en la transmisión de un parásito desde los canes a las personas. Por su parte, las autoridades municipales tienen el deber de velar por el aseo y ornato de su área, así como velar por la seguridad (Art. 11ª Código Sanitario), pero no cuentan con atribuciones legales para tomar decisiones. En esta subidivisión de tareas, el poder ejecutivo de las autoridades pierde fuerza.

LEYES SOBRE PROTECCIÓN DE ANIMALES

Sometida a tramitación desde octubre del año pasado, la ley 20.380 en su artículo 11 del Título V (Del beneficio y sacrificio de los animales), dicta: “En el beneficio y sacrificio de animales deberán emplearse métodos racionales tendientes a evitarles sufrimientos innecesarios”. Es esta la parte de la disposición que la Comisión de Salud compuesta por los senadores Francisco Chahuán (RN) y Guido Girardi (PPD) esperan cambie tras la reunión con el ministro del Interior, Rodrigo Hinzpeter.

En el encuentro, Hinzpeter manifestó su intención de apurar el trámite legislativo de la ley dándole urgencia y respaldando además, la eliminación de la eutanasia como mecanismo de control de natalidad de la población canina.

Como contrapartida a la eliminación de la eutanasia como mecanismo de control de población perruna, el senador de la Democracia Cristiana (DC) e integrante de la Comisión de Salud de la Cámara Alta, Mariano Ruiz-Esquide, aseguró este miércoles «el perro que mata a una persona debe ser sacrificado sí o sí «.

El debate se cierne sobre la aplicabilidad de la eutanasia, una figura legal que existe en cada iniciativa legal del órgano legislativo. No obstante el revuelo mediático que provocó la muerte de dos personas por una jauría de 7 perros no controlados por su dueño, ¿qué se ha hecho para que exista una solución efectiva al problema?

PROYECTOS DE LEY, EN STAND BY

El 14 de agosto de 2007 fue la última vez que se legisló sobre el proyecto de ley que “Establece normas sobre crianza, tenencia y adiestramiento de perros potencialmente peligrosos”. En él se indica qué perros están catalogados como “peligrosos”en su artículo primero, letras a – e. Dentro de esta calificación, los perros vagos son peligrosos “considerando como tales (vagos) a todos aquellos que no se encuentren inscritos por sus dueños en el registro estipulado en el artículo 2”. Asimismo, el artículo 6º de esta ley indica “En caso de grave e inminente riesgo para la integridad y salud de la población, el juez de policía local correspondiente, podrá disponer el sacrificio de ellos mediante métodos indoloros, o la entrega del animal a una institución de protección animal o a una persona que ejerza labores de cuidador, el que asumirá su tenencia, custodia y responsabilidad por los actos del can en conformidad a la presente ley”. A la fecha, no hay avances en su discusión.

El día martes 16 de diciembre de 2008, Antonio Horvath presentó el proyecto de ley que lleva por nombre “Sobre tenencia responsable de animales domésticos”. Aunque aun no pasa el primer trámite constitucional, estipula en sus artículos prácticas que no resultan habituales en el diario vivir, pero que podrían ser una alternativa. En ellas menciona la responsabilidad del dueño por la inscripción de su mascota y la respuesta por los daños, señala el deber que deben tener las vías de tránsito para impedir el ingreso de animales y estipula sanciones económicas. (Ver moción aquí). Al igual que la ley anterior, esta moción espera ser publicada.

La propuesta indica además que “las vías de alto tránsito deberán incorporar barreras físicas, químicas u otras para impedir que animales ingresen a éstas», y en su artículo quinto “la contravención a la colocación de identificación de las mascotas señalada en el artículo 1°, en el caso de los perros, será sancionada con multas de 2 UTM. En caso de reincidencia, éstas se duplicarán”, indica el proyecto de ley.

El día 27 de agosto de 2009 fue publicado bajo el título “indicación sustitutiva al proyecto de ley sobre responsabilidad por daños ocasionados por animales potencialmente peligrosos” (boletín nº 6499-11), otro de los intentos constitucionales por concretar una medida legal apropiada en el trato con las mascotas. En su artículo 24, dispone: “Por resolución fundada, dichas autoridades podrán disponer la eutanasia de los animales que trata esta ley, especialmente cuando exista peligro para la salud o seguridad de las personas, o para la salud pública…”.

Esta vez, el proyecto de ley presenta ribetes de actualidad. Entre las iniciativas discutidas por los representantes de la Comisión de Salud, Guirardi y Chahuán, existe una duda que parece ser la base del problema: ¿Quién se hará cargo del control de los perros? “Lo más probable es que esto sea entregado a los municipios, pero evidentemente los municipios no podrán practicar ningún tipo de eutanasia”, afirmó al respecto, el parlamentario PPD.

THE CHILEAN WAY

Como solución a la interrogante anterior, concitó el interés ciudadano un hecho que fue noticia. El de la erradicación de perros en la Municipalidad de Viña bajo la figura legal de la “entrega voluntaria”. En ella dueños de mascotas firmaban un documento legal para dar su consentimiento y que “hicieran dormir” a su mascota.

La dicotomía en la postura de Gobierno se hace presente en declaraciones de Ruiz Esquide, quien sostuvo que «mientras el ministro Hinzpeter recibía a dos senadores y les planteaba que en ningún momento había antecedentes para presentar en el proyecto la eutanasia como fórmula final y en casos residuales, la subsecretaria de Salud Pública manifestó en la comisión que sí estaban abiertos, porque era indispensable colocarla como parte de las otras siete medidas que estamos planteando».

El ministro de Salud, Jorge Mañalich se reunirá con representantes de corporaciones municipales para llegar a un acuerdo que permita resolver el problema sanitario que representan los perros vagabundos y calificó como hecho grave la existencia de casi 4 millones de perros en las calles de todo el país y las 35 mil mordeduras que causan, como un importante problema sanitario. Sostuvo que “hoy debemos llenar un vacío que prevenga el daño que originan, que puede llegar a ser tan serio como el caso de Peñaflor”.

El mandamás de Gobierno en el área salud, ejemplificó lo anterior en las estadísticas de la provincia de Punitaqui, Región de Coquimbo, que cuenta con un promedio de 1,5 perros por habitantes y cuentan con la más alta incidencia de hidatidosis en el país.

La pregunta sigue en pie:

¿Permitirán el uso de la eutanasia como forma de control de la población canina?

Por David Abrigo Bilbao

El Ciudadano


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