La Corte Suprema condenó al Servicio de Salud de Iquique a pagar una indemnización total de setenta millones de pesos a la madre e hijas de un paciente que murió en 2008, al no ser notificado oportunamente de que era portador del VIH-Sida.
En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal condenó a la repartición sanitaria por falta de servicio y la «pérdida de chance» de Juan Sarabia Tolosa, quien concurrió en varias oportunidades al Hospital Doctor Ernesto Torres Galdames para tratamiento, sin que se le detectara que era portador del mortal virus, lo que causó su muerte en octubre de 2008.
«El paciente careció de una oportuna detección de la calidad de portador del VIH/SIDA, por lo que no recibió durante muchos años tratamiento de su enfermedad, cuestión que si lo contrastamos con un funcionamiento eficiente y oportuno, el paciente hubiese conocido su patología, iniciando el tratamiento varios años antes de su fallecimiento, lo que sin duda hubiese mejorado su calidad de vida», señala el fallo.
«Lo relevante –continúa la resolución– es que la falta de servicio, esto el mal funcionamiento del Servicio de Salud y el Hospital de Iquique, privó no sólo al paciente de la posibilidad de una mejor calidad de vida y extensión de aquella, sino que también a las actoras (madre e hijas)».
Fuente: pjud.cl