El pasado miércoles 19 de octubre, dirigentes sindicales y de organizaciones sociales presentaron una demanda en la Corte de Apelaciones de Santiago contra el Estado chileno por ser el responsable de la creación de las Administradoras de Fondos Previsionales (AFP).
«Nosotros consideramos que llegó el momento de terminar con este flagelo del Decreto Ley 3.500, que ha legalizado el sistema privado de pensiones durante 36 años, haciendo pebre la calidad de vida de la familia chilena», señaló Ernesto Medina, miembro del Movimiento Aquí la Gente, en conversación con El Ciudadano.
El dirigente sostuvo que “el Estado ha protegido y amparado todo lo que es la secuela del Decreto Ley 3.500 a través de las AFP y no ha hecho nada por salvaguardar la seguridad social de todos los chilenos. Consideramos vital que la gente reaccione y se movilice».
Según expresó Joaquín Abarzúa, miembro del equipo jurídico de Aquí la Gente, la acción persigue la anulación del DL 3.500, porque a juicio de los demandantes, contraviene el Pacto de san José de Costa Rica de 1969 (Convención Americana sobre Derechos Humanos), firmado por Chile ese año y ratificado en 1990. «Ese pacto obliga a los estados a cumplir con algunos derechos hacia la ciudadanía, en este caso, a la seguridad social», afirmó Abarzúa.
En específico, el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, o “Protocolo de San Salvador” de 1988 (firmado por Chile en 2001) establece en su artículo 9 el derecho a seguridad social.
El texto señala que “toda persona tiene derecho a la seguridad social que la proteja contra las consecuencias de la vejez y de la incapacidad que la imposibilite física o mentalmente para obtener los medios para llevar una vida digna y decorosa. En caso de muerte del beneficiario, las prestaciones de seguridad social serán aplicadas a sus dependientes”.
Agrega que “cuando se trate de personas que se encuentran trabajando, el derecho a la seguridad social cubrirá al menos la atención médica y el subsidio o jubilación en casos de accidentes de trabajo o de enfermedad profesional y, cuando se trate de mujeres, licencia retribuida por maternidad antes y después del parto”.
Por otro lado, la acción en tribunales argumenta que las Fuerzas Armadas y de Orden permanecieron en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y en la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, respectivamente. Según explicó Abarzúa, militares y policías permanecieron «como una casta privilegiada, que viola la Constitución Política, en la que se establece que en Chile existe igualdad ante la ley».
El tercer punto que da sustento a la demanda interpuesta en la Corte de Apelaciones se orienta a cautelar el derecho a la propiedad. En palabras de Abarzúa, “los fondos previsionales, que son US$170 mil millones, pertenecen a todos los afiliados a las AFP. Por lo tanto, hoy ese dinero está en riesgo, porque las AFP tienen rentabilidad negativa, por lo tanto, los trabajadores están perdiendo parte de sus ahorros y habría una violación al derecho de propiedad, consagrado también en la Constitución».
El contexto de la demanda corresponde al inicio de una campaña que busca recolectar firmas (en la esquina de Ahumada con Huérfanos, en pleno centro de Santiago) para respaldar la acción en tribunales. En este sentido, Joaquín Abarzúa indicó que “la gran pelea contra las AFP se inserta en lo que nosotros creemos utilizar todas las formas de lucha: las movilizaciones, demandas judiciales y la protesta nacional del 4 de noviembre».