El pasado jueves 10 de noviembre, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentado en contra de la Polla Chilena de Beneficencia y dio a la empresa 48 horas para pagar un premio adeudado a una demandante.
En fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada acogió la acción cautelar presentada por la Nils Valderrama Cáceres, quien el 24 de agosto pasado jugó, vía página web, una cartilla del juego de azar Loto, obteniendo un premio de $5.250. Sin embargo, no pudo cobrar la suma, debido a que la empresa argumentó que dicho monto solo podía ser utilizado en una nueva apuesta, restricción que el tribunal de alzada declaró «arbitraria» e «ilegal», disponiendo el pago inmediato.
«En el contexto antes señalado, como se puede inferir, la empresa recurrida, Polla Chilena de Beneficencia al obrar de la manera antes dicha, esto es, impidiendo que la actora, doña Nils Valderrama, haga uso, goce y/o disponga de los $5.250 a su antojo, ha conculcado el derecho que se reclama y, en consecuencia, ha actuado al margen de la ley», sostiene el fallo.
La resolución agrega que «en este mismo orden de ideas es del caso señalar que la actitud de la empresa recurrida, de reconocer el premio obtenido por la señora Valderrama y, a la vez, obligarla a que el mismo solo pueda ser materia de otros juegos, es decir, impidiéndole que fuese percibido vía sistema internet o por caja en su dependencia, en atención a que su monto es inferior a los diez mil pesos, puede ser tildado como un acto arbitrario, ya que emana de la propia voluntad de la empresa denunciada, sin que se sustente en argumento alguno».
Dicho esto, otorgó un plazo de cuarenta y ocho horas para permitir que la demandante pudiera cobrar su premio de $5.250 «ya sea por vía de procedimiento de internet o por caja».
Fuente: Poder Judicial