El Consejo para la Transparencia acogió un reclamo por denegación de acceso a la información contra el director de Carabineros, Bruno Villalobos Krumm, a raíz de la negativa de éste a explicar las medidas tomadas con posterioridad a conocer antecedentes que vincularían a personal institucional con supuestas redes de prostitución infantil.
En octubre del año pasado, El Ciudadano reveló detalles de una causa tramitada por la Fiscalía Regional de Aysén para investigar la eventual protección policial brindada a un local nocturno de la ciudad de Coyhaique, cuya administradora fue condenada por facilitar el ingreso de mujeres colombianas a Chile para fines de explotación sexual.
La alerta fue dada en febrero de 2016 a través del ex suboficial de la policía uniformada, Esteban Infante Alcaíno, quien proporcionó copia de un testimonio grabado en CD a la máxima autoridad de Carabineros. En él, según la carta acompañada al video, aparece una testigo que habla de «niñas jóvenes adolescentes, menores de edad, entre ellas una menor de 14 años» que serían prostituidas, y que la situación comprometería a «Oficiales de la Prefectura del sector».
Ello, en el contexto de la operación de «diversos prostíbulos, al amparo de patentes comerciales de alcoholes, bajo el rubro de restaurante… donde a puertas cerradas, a pesar de ser un lugar de acceso público, funciona en su interior el ofrecimiento sexual por parte de mujeres especialmente extranjeras y sin ningún tipo de fiscalización policial».
Pese a que en la recepción del documento quedó registrado el nombre de la sargento 1º Bárbara Torres, ayudante del general Villalobos, el vicepresidente comunal de la DC de Coyhaique, Rodrigo Mena, puso en duda que el director haya enviado la información al Ministerio Público, tal como exige la ley. Esto porque, en razón del artículo 175 del Código Procesal Penal, los empleados públicos están obligados a denunciar “los delitos de que tomaren conocimiento en el ejercicio de sus funciones”.
Lo anterior llevó a este medio a requerir detalles de los cursos de acción adoptados por Villalobos a través de la Ley de Transparencia. Así, el coronel Pedro Duguett Aroca, jefe del Departamento de Información Pública y Lobby, contestó que la autoridad «dispuso a la Dirección de Inteligencia Policial procesar información relacionada con la misiva», entregada por el ex suboficial Infante, rechazando proveer copia de las averiguaciones internas bajo Ley de Inteligencia.
En cuanto a las medidas tomadas en términos genéricos, como una eventual derivación de los antecedentes a la Fiscalía, se omitió contestar sobre el punto. Días después, El Ciudadano interpuso un amparo por denegación de acceso a la información contra el jefe de servicio, y el 31 de enero del año en curso, el Consejo para la Transparencia aceptó los argumentos de este medio (c-3428).
En uso de sus facultades, el CPLT ordenó «aclarar si el General Director instruyó alguna investigación interna al respecto, y si derivó los antecedentes mencionados al Ministerio Público, para que dicho órgano determinara la veracidad o falsedad de los mismos», como también, «informar si presentó denuncia sobre los hechos citados, la data en que ello ocurrió, el RUC de la causa» e «indicar la autoridad que se encontraba afecta a la obligación de denuncia (a la Fiscalía)».
Sólo cinco días hábiles tendrá Villalobos para cumplir la decisión a menos que recurra a la Corte de Apelaciones de Santiago para buscar revertir lo determinado por el CPLT en su contra.
El general ya tomó ese camino para censurar sus declaraciones de patrimonio, contener la publicidad de un sumario por irregularidades en la compra de carros Mahindra y reservar datos de la carrera policial de un oficial indagado por vínculos sociales con un narcotraficante, todos procesos que en la actualidad siguen activos.